Diputados podrán sesionar de forma virtual en emergencias

Reforma al reglamento legislativo fue aprobada, de forma unánime, este lunes, luego de que la Sala IV determinó que no implica roces a la Constitución Política

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Los diputados podrán sesionar en formar virtual durante situaciones de emergencia, gracias a una reforma al Reglamento de la Asamblea Legislativa que fue aprobada este lunes.

Con el apoyo de 44 legisladores, el plenario le dio su visto bueno a una iniciativa de la liberacionista Ana Lucía Delgado que permitirá realizar sesiones a través de Internet, por los medios telemáticos que los congresistas consideren, siempre que se cumplan los principios de transparencia y publicidad.

La modificación fue avalada luego de que la Sala IV determinará que no tiene roces de constitucionalidad. El alto tribunal estableció, eso sí, que no se puede realizar la sesión y, posteriormente, subirla a la Internet, sino que se debe realizar en directo y que tanto la ciudadanía como la prensa puedan seguir la transmisión.

Delgado explicó que la iniciativa tiene el objetivo de que los órganos legislativos puedan tener continuidad, e incorpora en el Reglamento legislativo esa opción de sesionar de forma virtual, “sin que eso signifique que se merme ninguno de los derechos constitucionales que le asisten a los diputados”.

Como se trata de una reforma reglamentaria, la propuesta no requiere más de una votación.

“Este proyecto representa una de las reformas más importantes al Reglamento de la Asamblea desde su promulgación en noviembre de 1961, ya que significa un cambio estructural en la dinámica legislativa y en el proceso de formación de la ley”, explicó la liberacionista.

Específicamente, la reforma implica la adición de dos artículos en el Reglamento, un 32 bis y 32 ter, donde se establece que, en situaciones de conmoción interna, calamidad pública o estado de emergencia nacional, se puedan realizar este tipo de sesiones virtuales.

Los órganos que podrían sesionar vía Internet serían plenario, comisiones legislativas plenas, comisiones permanentes y especiales, así como el Directorio legislativo, el encuentro de jefes y jefas de fracción, y las reuniones internas de las fracciones.

En esos momentos, para habilitar la realización de sesiones virtuales, se deberá autorizar vía una moción de orden aprobada por al menos 38 congresistas.

“En todo momento, deberán respetarse los principios de colegialidad, simultaneidad, deliberación del órgano colegiado, publicidad y participación ciudadana, a efectos de que las personas interesadas puedan acceder a estas para conocer las deliberaciones y acuerdos”, dice la reforma reglamentaria.

La propuesta también contempla los casos en que los diputados tengan problemas tecnológicos para conectarse a una sesión virtual.