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Este lunes, mujeres cartaginesas marcharon para exigir justicia por las mujeres que se convirtieron en víctimas de feminicidio. Foto: Keyna Calderón, corresponsal GN.
La comisión legislativa de la Mujer dictaminó positivamente, este miércoles, una reforma legal que permitirá juzgar por feminicidio al hombre que dé muerte a su novia o exnovia, lo que acarrea entre 20 y 35 años de prisión.
El proyecto de ley solventaría uno de los vacíos de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, la cual, de momento, solo aplica cuando las agresiones las cometen los esposos o convivientes de las víctimas.
Ahora, el proyecto pasará a discusión del plenario legislativo, en donde los 57 legisladores podrán proponerle cambios.
Los cambios permitirán que los victimarios sean procesados bajo la calificación de feminicidio, independientemente de que vivan o no con la mujer agredida, o de que la pareja se haya divorciado o separado.
También, dejaría de ser una barrera el hecho de que el agresor y la víctima hayan concluido su relación.
La modificación extiende, para estas circunstancias, la aplicación de las penas por los delitos de feminicidio, maltrato, restricción a la libertad de tránsito, ofensas a la dignidad, restricción a la autodeterminación y amenazas contra una mujer.
Lo mismo ocurriría con las faltas por violación contra una mujer, conductas sexuales abusivas, explotación sexual de una mujer, sustracción patrimonial, daño patrimonial, limitación al ejercicio del derecho de propiedad y fraude de simulación sobre bienes susceptibles de ser gananciales.
La iniciativa la propuso la diputada Aida Montiel, del Partido Liberación Nacional (PLN), quien calificó el dictamen como “una señal positiva en medio de tanta consternación”.
“Se incluyen también las exparejas, excónyuges y exconvivientes de hecho que tampoco están en la ley”, agregó la liberacionista.
La reforma también eliminaría una frase que limita la aplicación de la ley a las mujeres mayores de edad.
El texto fue dictaminado por unanimidad. Lo respaldaron Montiel; la liberacionista Paola Valladares; Nielsen Pérez y Paola Vega, del Partido Acción Ciudadana (PAC), la independiente Ivonne Acuña y el frenteamplista José María Villalta.
Experta: Término noviazgo es indeterminado e insuficiente
Durante la discusión del proyecto de ley, las diputadas mencionaron que la iniciativa busca atender la necesidad de impartir justicia por los feminicidios que se cometen en el país, e hicieron referencia a la oleada de casos registrados recientemente, entre ellos el de la doctora María Luisa Cedeño y los de las jóvenes Luany Salazar y Allison Bonilla.
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Sin embargo, para la psicóloga Ana Hidalgo, excoordinadora del Programa de Prevención de la Violencia del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), la reforma es “absolutamente insuficiente” si lo que se quiere es ampliar el ámbito de aplicación de las sanciones.
Para la experta, es un error que el texto enmarque los delitos en relaciones de noviazgo, pues, en su opinión, se trata de un término indeterminado, incompatible con la claridad que requiere la justicia penal.
“¿Cómo vas a definir el noviazgo?”, cuestionó Hidalgo, quien señaló que la etiqueta excluye todos los demás tipos de relaciones de pareja, por ejemplo las extramatrimoniales y muchas de las que entablan las generaciones más jóvenes.
“La ley tiene que permitirnos acercarnos lo más posible a la vida, y la vida y los emparejamientos de las mujeres jóvenes ya no sigue los cánones formales antiguos que calzan dentro de un concepto de noviazgo. Si no se tiene una mentalidad abierta para entender cómo es ese relacionamiento y se quieren sancionar situaciones de delitos, te vas a encontrar un vacío”, afirmó la psicóloga.
De acuerdo con la experta, si lo que se quiere es ampliar el ámbito de aplicación de la ley, deben contemplarse todos los tipos de relación de pareja y tipificar como feminicidios todos los asesinatos de mujeres en los que pesa el género de la víctima.
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De lo contrario, la reforma no tendría ningún efecto en casos como los de Luany, Allison y María Luisa, pues ninguno de los sospechosos de dichos crímenes es esposo, conviviente ni novio de las víctimas.
Vega y Villalta instaron a sus colegas de la comisión de la Mujer a que el próximo paso del foro sea castigar los crímenes que el Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia del Poder Judicial cataloga, informalmente, como feminicidios ampliados.
Se trata de las muertes violentas de mujeres en razón de su género, perpetradas por hombres que no sostenían una relación de pareja con las víctimas.
Fue lo que ocurrió en el caso de María Luisa Cedeño, quien fue violada y asesinada. Como ninguno de los sospechosos tenían una relación sentimental con ella, la ley vigente no permite que su crimen se juzgue como un feminicidio.