Los siete diputados fabricistas censuraron la adopción de una nueva propuesta de ley que prohibiría las huelgas de naturaleza política.
El bloque Nueva República protestó contra el texto sustitutivo que aprobó el miércoles la comisión legislativa donde se estudia el proyecto de ley sobre derecho a huelga, el cual incluye una modificación al artículo 371 del Código de Trabajo que impide la realización de movimientos de protesta políticos.
En opinión de los siete legisladores independientes, la nueva redacción de la propuesta “induce a una interpretación en términos totalitarios", en detrimento de la libertad de reunión consagrada en la Constitución Política.
"El texto aprobado (...) podría verse como una mordaza a la población, haciendo una restricción a la libertad de realizar movimientos colectivos, fundamentados en mostrar públicamente y pacíficamente su oposición a políticas públicas, lo que lo convierte en algo muy riesgoso para los derechos de todos los costarricenses”, manifestaron los fabricistas en un comunicado.
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La redacción propuesta para el artículo 371 del Código de Trabajo establece que las huelgas podrán tener lugar cuando se trate de movimientos para la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores, así como la defensa de sus derechos en los conflictos jurídicos.
"No se permitirán ni serán consideradas como legales, ningún otro tipo de huelgas. Serán ilegales las huelgas políticas de cualquier índole o aquellas que no tengan conexión directa con la relación de empleo o incumplimientos laborales imputables al patrono”, dice la nueva versión del proyecto.
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La modificación de la iniciativa de ley la aprobaron el presidente legislativo Carlos Ricardo Benavides y la legisladora Yorleni León, ambos del Partido Liberación Nacional (PLN); Víctor Morales Mora, jefe de la fracción del Partido Acción Ciudadana (PAC), y Pedro Muñoz, de la Unidad Social Cristiana (PUSC).
Una huelga política es la que no se deriva de un conflicto entre el patrono y los empleados, sino que surge a raíz de una decisión política del Congreso o de la Presidencia, por ejemplo.
Dicho tipo de protesta no se contempla en la legislación nacional vigente, pero algunos jueces la reconocieron en el movimiento contra la reforma fiscal que comenzó el 10 de setiembre y finalizó, oficialmente, el 7 de diciembre.
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El criterio contrario lo defiende la Procuraduría General de la República (PGR, abogado del Estado), para la cual la huelga política es “ilícita” al no estar regulada.
El bloque Nueva República, conformado por Carmen Chan, Ivonne Acuña, Jonathan Prendas, Nidia Céspedes, Harllan Hoepelman, Marulin Azofeifa e Ignacio Alpízar, considera que la falta de una definición legal sobre lo que son las huelgas políticas podría generar roces constitucionales e inseguridad jurídica.
“Estamos conscientes que el Código Laboral hay que ajustarlo para que no existan excesos de parte de algunos sindicatos. Consideramos que las declaratorias de legalidad o ilegalidad en una huelga deben ser prontas y cumplidas, sin que eso signifique prohibir el derecho a manifestarse por un proyecto que consideren les afectará”, dice el comunicado de los fabricistas.
En octubre, Prendas y Acuña fueron parte de los 31 diputados que respaldaron con sus firmas la versión original del proyecto de ley 21.049.
Recientemente, Céspedes votó en contra de la otra iniciativa que se tramita en el Congreso relacionada con huelgas, la cual define 79 servicios esenciales en los cuales sus empleados tendrían prohibido afectar las labores de la institución. Dicho plan fue dictaminado positivamente y se encuentra en su trámite de plenario.