Diputados aplican secretismo en elección de nómina de candidatos a magistrados

Cinco legisladores aprobaron moción para escoger cinco aspirantes a jueces suplentes de la Sala I mediante boletas y sin justificar sus razones para recomendar postulantes

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Los diputados de la Comisión de Nombramientos de la Asamblea Legislativa acordaron, este lunes, elegir en secreto la nómina de candidatos a magistrados suplentes para la Sala Primera, la cual será recomendada al plenario.

El acuerdo fue tomado a pesar de que el legislador Enrique Sánchez, del PAC, propuso transparentar el proceso de selección y que, cuando se escojan los cinco nombres de la nómina, se sepa cómo votaron los diputados.

La Comisión también excluyó la posibilidad de que, antes de votar, los legisladores justifiquen las razones que tienen para escogar a una u otro candidato a las magistraturas suplentes de la Sala I, la cual se encarga de resolver en alzada los casos contencioso-administrativos (contra el Estado), agrarios, civiles y notariales.

La moción aprobada dice: “A efecto de considerar la paridad de género, las votaciones se realizarán por medio de boletas, entre las candidatas cuatro mujeres hasta lograr la proporción que estime conveniente dicha comisión y posteriormente el mismo mecanismo se utilizará entre los seis candidatos varones”.

Votaron a favor Luis Fernando Chacón y Jorge Fonseca, de Liberación Nacional (PLN); Floria Segreda y Carlos Avendaño, de Restauración Nacional (PRN); María Inés Solís, de la Unidad Social Cristiana (PUSC), y Dragos Dolanescu, del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC).

Votó en contra Enrique Sánchez, quien había propuesto que se votara levantando la mano, de forma pública y justificando el voto.

Este miércoles, la Sala IV declaró inconstitucionales cuatro normas del reglamento legislativo, las cuales permitían el secreto al emitir votos de censura, al otorgar concesiones de honores a ciudadanos y al definir la compatibilidad del cargo de diputado con otras funciones.

Los magistrados explicaron que ese secretismo es inconstitucional porque el artículo 117 de la Constitución Política establece que la regla en el Congreso debe ser la publicidad, por lo que el sigilo solamente aplica para casos muy calificados y con el apoyo de dos terceras partes del plenario (38 votos).

La Sala IV aún no se ha pronunciado sobre el caso específico de votaciones sobre magistrados, en donde la práctica ha sido la votación en secreto, lo que impide conocer la preferencia de cada partido.

La decisión de los diputados de Nombramientos, del voto secreto, se produjo luego de que, en julio, el plenario debatiera la posibilidad de cambiar el método de elegir magistrados en el plenario, sin llegar a un acuerdo.

La discusión se dio en medio del proceso de reelección o no del magistrado constitucional Paul Rueda, a quien varios legisladores le querían cobrar sus sentencias en asuntos como la reforma fiscal, el matrimonio igualitario y la pesca de arrastre.

Sobre el acuerdo tomado el lunes en la Comisión de Nombramientos, el legislador de Acción Ciudadana (PAC), Enrique Sánchez, afirmó: “Me parece un contrasentido, un contramensaje, que una comisión que simplemente hace una recomendación decida seguir recurriendo a boletas, a mecanismos que no son del todo transparentes. No solo por la votación, sino por el proceso de justificación que implica una votación pública”.

Insistió en que el foro sobre nombramientos tiene la potestad de definir su propio mecanismo para definir la nómina que le recomendará al plenario, y no tiene que ajustarse al artículo 228 del Reglamento Legislativo.

Ese artículo es el que regula la forma en que se hacen las votaciones, en el plenario, sobre nombramientos, ratificaciones y renuncias de funcionarios tales como miembros del Directorio legislativo, magistrados, jerarca titular y adjunto de la Defensoría, así como de la Contraloría General de la República.