El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recuerda a los partidos políticos que desde hoy lunes y hasta el domingo próximo tienen prohibido celebrar reuniones o mitines en zonas públicas.
En un comunicado de prensa indican que así lo dispone el artículo 137 del Código Electoral el cual dice que no pueden hacerlo "en los seis días inmediatos anteriores al día de las elecciones inclusive".
El castigo por incumplir esta disposición es de dos a cinco salarios base. Cada salario base establecido actualmente para estas multas es de ¢399.400 correspondiente al puesto de Oficinista 1 del Poder Judicial.
De igual manera partir de este jueves 30 de enero y hasta el domingo 2 de febrero (ambos días inclusive) estará prohibida la difusión de propaganda electoral, así como de encuestas y sondeos de opinión, vinculados con las elecciones generales.
El artículo 136 del Código Electoral indica que se prohíbe la difusión de propaganda política en medios de comunicación colectiva, es decir, la publicación de espacios pagados en prensa escrita, radio, televisión e Internet.
Sobre Internet, lo que el TSE prohíbe durante ese periodo es “…la publicación de espacios pagados en Internet, como lo son, por ejemplo, banners de los partidos políticos o de sus candidatos en sitios web; ésta es la única restricción que pesa en relación con el uso de Internet por parte de los partidos…”
El incumplimiento conlleva la aplicación de las sanciones que van de dos a diez salarios base al director o al encargado del medio de comunicación que durante los tres días inmediatos anteriores a las elecciones o el propio día por acción u omisión permitan la difusión de encuestas o sondeos de opinión relativos al proceso electoral o la propaganda política.