Los consultores internacionales del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Alberto Barreix y Fernando Velayos, les plantearon a los diputados de la Comisión de Hacendarios cinco recomendaciones tributarias para aumentar la recaudación del proyecto de renta global dual.
Los consultores dijeron hablar a título personal y mencionaron que sus propuestas responden a buenas prácticas aplicadas en países de América Latina y Europa, con mejores esquemas tributarios.
Sus recomendaciones son las siguientes:
1. Tope a la exención de intereses bancarios
El proyecto de renta global mantiene la exoneración a los rendimientos por intereses que los bancos pagan a los ahorrantes. En criterio de Velayos, la medida no se justifica.
Su propuesta es cobrar impuesto sobre los intereses a las rentas medias y altas, con tal de lograr mayor equidad en la distribución de la riqueza. Para ello, sería necesario fijar un umbral que marque la diferencia entre los ahorros que seguirían exonerados y los que no.
Si bien el consultor no recomendó un umbral específico, sí dijo que los rendimientos medios y bajos podrían seguir exonerados.
2. Venta de casas de cierto nivel
Los consultores recomendaron que se graven las ganancias por la venta de casas de habitación de cierto nivel, tanto si la venta la hace una persona física como jurídica.
En la actualidad, esas ganancias de capital no se gravan y el proyecto de renta global tampoco propone hacerlo.
Velayos dijo que “no es lo mismo vender una mansión de $3 millones (¢1.920 millones) que vender una casa que alguien ha comprado con los ahorros y el esfuerzo de toda la vida, que vale $50.000 (¢32 millones)″.
“No es lo mismo y, como no es es lo mismo, no se debería de tratar igual. Y hay una posibilidad de que el proyecto se mejore en esa línea”, planteó.
También, sugirió gravar las ganancias de personas jurídicas que vendan propiedades por transparencia fiscal.
“En un mundo en donde se quiere buscar al beneficiario final de todas las sociedades, no parece que tenga ninguna lógica la existencia de una exoneración a una sociedad que se interpone entre la persona física y la propiedad inmobiliaria. Nosotros decimos que es raro que se beneficie o se apoye a figuras de sociedades interpuestas”, agregó.
Fabio Salas, socio de impuestos de la firma Deloitte explicó que el impuesto de renta por la ventas de casas de cierto nivel se le cobraría al vendedor, pero el hecho generador del tributo son las ganancias de capital.
“Si yo compré una casa en $1 millón y luego la vendo en $1,5 millones, los $500.000 son ganancias de capital y se establece una tasa del 15%”, explicó.
Ese 15% equivaldría a $75.000 en este ejemplo.
3. Tratamiento de herencias y donaciones
Velayos además sugirió gravar las herencias. Su tesis es que, en un mundo cada vez más desigual, el gravamen a la sucesión de bienes por herencia generaría equidad y aumentaría la recaudación.
“Puede entenderse que no se grave con un mecanismo complejo, con un impuesto, a las sucesiones, a los legados y a las donaciones porque requeriría de una regulación más específica, con un nivel técnico y probablemente con un coste de economía bastante elevado
“Pero muchos países, por ejemplo Colombia y Brasil, consideran que eso es una ganancia de capital en cabeza del causahabiente y es correcto. Desde el punto de vista de renta, eso es un aumento de su manifestación de su capacidad de pago; es un aumento de su renta vía ganancia de capital”, finalizó.
4. Regulación de ‘amnistía encubierta’ del artículo 31
El artículo 31 del proyecto de renta global establece que los contribuyentes deben pagar impuesto por las ganancias patrimoniales injustificadas que la Administración les detecte, es decir, los bienes o derechos cuya tenencia no se relacionen con la renta declarada por el contribuyente ni con las deudas o patrimonio preexistentes.
Tales ganancias se integrarían en el cálculo del impuesto en el periodo en el que se descubran, salvo si el contribuyente demuestra que ha tributado sobre estas o se encuentran exentas. Sin embargo, el mismo artículo exceptúa de esta norma la repatriación de capitales.
“Para esos efectos, no se considera como incremento del patrimonio la repatriación de capitales”, dice el numeral 31..
Al respecto, Velayos advirtió que este beneficio constituiría una amnistía tributaria encubierta, sobre todo si se trata de ganancias oscuras que se pueden sacar hacia paraísos fiscales del exterior y, luego, retornar a Costa Rica para ser blanqueadas.
“Si son rentas obtenidas desde hace mucho tiempo y se quiere potenciar que retornen a Costa Rica para fortalecer la economía local, es una buena medida de política tributaria, no cabe duda, pero no olvidemos que muchas personas querrán hacer la lectura más torticera (que no se ajusta a la ley) posible a su favor. Sería conveniente organizar un mecanismo de control sobre qué rentas en concreto serían repatriadas sin necesidad de justificar su origen”, recomendó Velayos.
Fabio Salas explicó que un caso de ganancias injustificadas podría ser e de un asalariado que obtiene una remuneración de ¢1 millón al mes, pero cuenta con una casa de ¢640 millones.
En esa situación, el contribuyente tendrá que justificar el aumento de su patrimonio. Si su declaración no es satisfactoria para Hacienda, se le cobraría un incremento por el patrimonio.
Por otra parte, el socio de Deloitte advirtió que se debe tener sumo cuidado con las repatriaciones de capitales, dado que hay muchos supuestos distintas a las actividades ilícitas.
“Un ejemplo es el de un residente en Costa Rica que en determinado momento tuvo alguna actividad en el extranjero y por territorialidad está exento de impuesto. Este caso no generaría incremento patrimonial injustificado. Esta figura es distinta al de organizaciones que usarían esquemas para incumplimiento fiscal”, explicó Salas.
5. No eximir el aguinaldo y remuneraciones excepcionales
El aguinaldo en Costa rica está exento de todo tributo y así continuaría con el plan de renta global. La sugerencia de los consultores es que se grave con el impuesto de renta, dado que el décimo tercer mes, además, constituye un sobresueldo.
“El estándar internacional es que no debe quedar ninguna renta exonerada salvo que esté muy justificado. El aguinaldo no deja de ser un sobresueldo, un mes más de sueldo. De manera que no parece tener ningún sentido, ni por su naturaleza y objetivo económico, que esa cantidad de renta obtenida de trabajo quede exonerado frente a todas las demás”, insistió Velayos.
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Plan aumenta ingresos con progresividad
Con el proyecto de renta global dual, el Ministerio de Hacienda unificaría todos los ingresos de las personas, entre salarios y actividades independientes, para luego cobrar un tributo progresivo a partir de los ¢8,2 millones anuales. La reforma sustituiría el actual esquema cedular en el que la persona tributa individualmente por cada uno de sus ingresos.
Si los legisladores aprueban el actual texto base, el Gobierno recaudaría el 0,43% del producto interno bruto (PIB) de cada año, equivalentes a ¢177.792 millones si se toma de referencia el tamaño de la economía del próximo año.
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Velayos aclaró la idea de que el aumento en los ingresos recae en la posibilidad de que se reduzca de ¢842.000 a ¢683.000 el monto mensual a partir del cual los trabajadores tendrían que tributar, de acuerdo con el texto base de la reforma.
“No se puede decir que todo el mérito del aumento de la recaudación se deba al mínimo no imponible, sino que una parte, al menos, se debe a la idea de globalizar. Al juntar las rentas, muchas personas que obtienen rentas del trabajo junto con rentas de la actividad independiente, suman esos dos valores y suben la tarifa. Aumenta su tasa efectiva, tienen que pagar más impuestos porque el conjunto de la suma de las dos da más que antes. Ese efecto por sí mismo es lo que genera más recaudación”, explicó el experto.
Velayos también aclaró que la reforma ofrece progresividad, dado que una tercera parte de los nuevos ingresos vendría de las personas que más ganan.