Asociación de jueces señala negligencia en conducción de audiencia en Sala Tercera sobre caso UPAD

Acojud pide a Corte Plena ordenar la apertura de una investigación disciplinaria y cuestiona capacidad del presidente de la Sala Tercera, Jesús Ramírez Quirós, para conducir esa audiencia

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La Asociación Costarricense de la Judicatura (Acojud) pidió a la Corte Plena que ordene abrir una investigación disciplinaria sobre los hechos ocurridos, el pasado martes, durante una audiencia de la Sala Tercera relacionada con el caso de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD).

Ese día, los cinco magistrados de la Sala III se reunieron con la finalidad de discutir dos gestiones por actividades procesales defectuosas presentadas por los abogados del presidente de la República, Carlos Alvarado, contra los allanamientos realizados por la Fiscalía General en Casa Presidencial.

No obstante, sin siquiera escuchar a las partes, el presidente del foro, el magistrado Jesús Ramírez, declaró sin lugar los argumentos de los defensores del mandatario, bajo el alegato de que ese no era el momento procesal para plantearlos.

La audiencia se suspendió y, una vez reanudada, Ramírez indicó que subsanaba un error material ocurrido en su anterior decisión. Afirmó que no se declaraban sin lugar las objeciones, sino que se declaraban inadmisibles, incluida la prueba aportada por la Fiscalía General.

Dicha decisión generó sorpresa, malestar y reclamos tanto de los representantes legales de Alvarado como de la propia fiscala general, Emilia Navas, quien recusó a todos los miembros de la Sala Tercera por considerar que ya no tienen “competencia o capacidad” para seguir al frente del caso.

Para la asociación de jueces, los videos que han trascendido a la luz pública sobre la sesión demuestran que hubo negligencia en la conducción de la audiencia a cargo del magistrado Ramírez Quirós.

“Es evidente que estamos en presencia de hechos que deben ser revisados y analizados con seriedad y debido cuidado”, reclama Acojud en una carta enviada el pasado jueves a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

“Se ha puesto de manifiesto la negligencia en la conducción de la audiencia convocada para conocer de las actividades procesales defectuosas presentadas por los acusados”, argumenta la Asociación en su nota.

La Nación buscó una reacción de la Corte sobre la solicitud de la asociación de jueces, pero al cierre de esta nota no se había logrado.

El caso UPAD se refiere a una investigación que realiza la Fiscalía General para determinar si una oficina asesora del presidente de la República, Carlos Alvarado, accedió o no a datos confidenciales de los costarricenses que están en poder de las instituciones públicas.

Caótica audiencia

La solicitud de Acojud surgió a raíz de una audiencia celebrada en la Sala Tercera con la finalidad de escuchar los argumentos de la Fiscalía General y de los abogados del mandatario, con respecto a dos acciones presentadas contra el proceso.

Los defensores Roger Guevara y Rodolfo Brenes señalaron que la Fiscalía se extralimitó en el allanamiento a Casa Presidencial, el 28 de febrero, al secuestrar información relevante para la seguridad nacional, las relaciones internacionales y la salud pública, junto con datos de terceros ajenos al proceso.

Alegaban que la orden judicial que autorizó el secuestro de los dispositivos electrónicos de Carlos Alvarado, emitida por la Sala III, no se fundamentó adecuadamente “ni era estrictamente necesaria y proporcional”. Por ello, presentaron actividades procesales defectuosas con el objetivo de “resguardar el debido proceso”.

Incluso Brenes pensaba plantear en esa sesión una queja por el hecho de que el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) descargara y copiara en una computadora correos de toda índole del mandatario, lo cual considera como una falta “gravísima”.

Sin embargo, la actuación del magistrado Ramírez generó reclamos de los abogados, quienes consideraron que su decisión dejaba a su representado en un “estado de total y absoluta indefensión”.

Mientras, la fiscala general, Emilia Navas, sostuvo que la Sala III había perdido competencia para continuar con la audiencia y expresó su voluntad de impedir que un eventual error procesal de ese foro pudiera traerse abajo el caso en el futuro.

“Tan responsable es el que comunicó la decisión de la Sala III como los que estaban a la par suya. Si yo soy responsable como miembro de la Sala de Casa de Casación Penal y si sé que un compañero no estaba en condiciones ni de dirigir esta audiencia, mi responsabilidad es decir ‘don Jesús sepárese, inhíbase, que venga otra persona”, aseveró Navas antes de recusar a todos los magistrados de ese foro.

Al respecto, Acojud señala en la carta enviada a la Corte que la Constitución Política establece que el ejercicio de la judicatura debe de garantizar idoneidad para que, a su vez, esto asegure la independencia judicial.

“No puede admitirse que un Tribunal abra la sesión y, sin dar audiencia a las partes, de inmediato se comience a leer la resolución de rechazo de las gestiones planteadas, sin fundamentar mínimamente la decisión que se comunicó”, cuestionó Acojud.

Lo más grave, según las consideraciones del sindicato de jueces, es que Ramírez pretenda enmendar un “error material” al “aclarar” que no se resolvió rechazando ad portas las acciones presentadas, sino declarando inadmisible lo solicitado.

“Desde el minuto uno de esta audiencia, es evidente que el magistrado que preside no está en condiciones de conducirla. Sus compañeros tuvieron constantemente que aconsejarlo, indicarle lo que debía decir y corregirlo a cada paso que daba”, afirma la carta.

El gremio de jueces añade que lo ocurrido en ese foro, el martes, es una auténtica lección de lo que no debe ser una audiencia judicial. “Cercena la confianza de la ciudadanía en la administración de justicia y seguridad jurídica”, indicó.

En ese sentido, el sindicato pide a los magistrados dar curso a la solicitud de ordenar abrir una investigación administrativa en aras de cumplir con los principios de transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad de las personas juzgadoras.