(Video) Asamblea amplía concepto de femicidio

Nueva legislación incluye asesinato de una mujer por parejas, exparejas, sin importar tipo de vínculo que hay o hubo, sea matrimonio, noviazgo, unión de hecho, convivencia o no

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Los diputados aprobaron en primer debate, este lunes 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, un proyecto que amplía el concepto de femicidio, con el fin de incluir todo aquel asesinato que se dé contra una mujer y lo cometa alguien que tenga o haya tenido algún tipo de relación con la mujer.

Se trata del expediente 21.793, que actualiza tanto la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres como el Código Procesal Penal, para poder cobijar con esa definición una serie de circunstancias que hoy no entran bajo el concepto de femicidio.

A favor de la iniciativa votaron 43 congresistas, mientras que ninguno en contra.

Actualmente, femicidio solamente se considera cuando el asesinato lo comete quien mantenía una relación de matrimonio o unión de hecho con la mujer.

La nueva redacción establece que también se consideran femicidios los asesinatos de mujeres por parte de una persona con la que haya mantenido una relación o vínculo de pareja, sea matrimonial, unión de hecho, noviazgo, convivencia o no convivencia, casual u otra análoga.

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También, será considerado femicidio cuando medie divorcio entre la persona que mata y la mujer, incluso separación o ruptura, siempre que la conducta no constituya un delito más grave o previsto con una pena mayor.

La iniciativa mantiene la sanción entre los 20 y 35 años de prisión para la persona que cometa femicidio. Igualmente, el plan aprobado amplía el ámbito de acción de la norma que penaliza todo tipo de violencia contra las mujeres.

Entre esos conceptos, amplía el de maltrato en los mismos términos del concepto de femicidio, o sea, cuando lo cometan parejas, novios, exparejas, incluso cuando medie un divorcio, separación o ruptura.

Aparte del maltrato, también se modernizan los delitos de restricción a la libertad de tránsito, las ofensas a la dignidad, la restricción a la autodeterminación y amenazas contra una mujer, violación y conductas sexuales, así como de explotación sexual y sustracción patrimonial.

Otros delitos que también amplían su ámbito de acción, para incluir todas las conductas que se cometan incluso entre exparejas, novios y exnovios, son el daño patrimonial, limitación al ejercicio del derecho de propiedad, fraude de simulación sobre bienes gananciales, distracción de las utilidades económicas familiares y la explotación económica de la mujer.

La iniciativa llegó al plenario de la mano de la diputada liberacionista Aida María Montiel Héctor, quien fue reconocida por legisladores de todas las bancadas parlamentarias.