Aprobada en debate final multa de ¢107.000 para quienes violen restricción vehicular sanitaria

Diputados también autorizaron, en segundo debate, sanción hasta de ¢2,3 millones por incumplir aislamientos ordenados por el Ministerio de Salud

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Los diputados aprobaron este viernes, en segundo debate, nuevas multas para castigar a quienes incumplan la restricción vehicular sanitaria y los aislamientos ordenados por el Ministerio de Salud como parte de las medidas para enfrentar la pandemia de covid-19.

En el caso de la restricción vehicular, la sanción aumentará de ¢23.415 a ¢107.000 y se aplicaría a los conductores que circulen en las horas prohibidas por el Gobierno.

El presidente Carlos Alvarado firmó ambas reformas este mismo viernes. Solo resta la publicación en el diario oficial La Gaceta para que se puedan aplicar.

Conforme a lo establecido antes del primer debate, por sugerencia de la diputada independiente Zoila Volio, los recursos que generen los partes por violar la restricción vehicular se destinarán a los subsidios que el Gobierno planea dar a las personas económicamente afectadas por la emergencia sanitaria.

En cuanto a la sanción por incumplir las órdenes de aislamiento, el proyecto aprobado fija una escala con tres sanciones diferentes, las cuales oscilan entre los ¢450.000 y los ¢2,3 millones.

La multa más alta se aplicará para las personas que, luego de haber resultado positivo con covid-19 u otra enfermedad contagiosa, incumplan la orden de quedarse en aislamiento para evitar la propagación.

La ley divide las multas de esta forma:

- ¢450.200 (un salario base) para quien irrespete el aislamiento sanitario que se le imponga por tener factores de riesgo de un cuadro grave de enfermedad.

- ¢1,35 millones si la persona que viola el aislamiento sanitario es sospechosa de tener una enfermedad contagiosa o que, aun sin presentar síntomas o signos evidentes de enfermedad, tenga contacto cercano con un agente causal de la enfermedad.

- ¢2,3 millones si la persona irrespeta el aislamiento sanitario, a pesar de que se le haya diagnosticado, médica o clínicamente, una enfermedad contagiosa.

La reforma legal mantiene una excepción para las personas que, en virtud de un estado de necesidad, tengan que abandonar su lugar de aislamiento; la misma excepción aplicaría para quienes estén en situación de calle.

La aplicación de estas multas estaría en manos del Ministerio de Salud.