Para enmendar el polémico Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones, el INVU propuso incorporar una tercera variable para aclarar de una vez por todas en qué casos habrá que ceder 10% de terrenos a municipalidades al segregar propiedades.
Bajo la redacción actual de la normativa, la obligación la tienen todos los dueños de terrenos que dividan un lote de 900 metros cuadrados (m²) o más, y que se encuentran frente a calle pública en una zona no urbanizada.
Sin embargo, ante los constantes reclamos de sectores, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) estableció otra característica: que el lote madre se divida en ocho o más.
De esta forma, solo las segregaciones que cumplan las tres condiciones tendrían que ceder espacio público para desarrollar parques y zonas verdes, como lo exige la Ley de Planificación Urbana.
Las tres condiciones serían: 1. Que el lote a segregar mida 900 m² o más. 2. Que la propiedad esté ubicada frente a calle pública en un área no urbanizada. 3. Que se generen ocho o más propiedades a partir del lote madre.
Así explicó Tomás Martínez, presidente ejecutivo de la institución.
“El espíritu siempre ha sido que aplique a procesos de urbanizaciones, es decir, a desarrollos que por área y por cantidad de lotes se consideran proyectos de urbanización. Lo que la norma quería definir es que el umbral de 900 m² y el octavo lote establecieran el parámetro de fraccionamiento con fines urbanísticos. Sin embargo no está, no se entiende así”, reconoció Martínez.
El director ejecutivo del Colegio de Ingenieros Topógrafos, Marco Zúñiga, aseguró que analiza la viabilidad jurídica de esa nueva definición de las segregaciones con fines urbanísticos, que son las que están obligadas a ceder espacio para fines públicos.
“Tenemos una inquietud en función de un fallo de la Sala Constitucional que establecía que el número de lotes no es una variable para determinar si una segregación es con fines urbanísticos. Eso es lo que estamos estudiando, para que el reglamento final no vaya a tener ningún inconveniente”, señaló Zúñiga.
La normativa no entrará en vigor hasta el 12 de junio. Así lo acordó la Junta Directiva del INVU por las críticas de sectores contra el reglamento, que fue aprobado desde noviembre.
Las autoridades de Vivienda y Urbanismo también acordaron crear una mesa de diálogo con el Colegio de Ingenieros Topógrafos (CIT), el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), y algunos legisladores que participan del proceso.
En ese foro se elaborarían los cambios necesarios.
“Somos muy optimistas de que en este tiempo, con una actitud proactiva, puede salir un excelente reglamento respetando el ordenamiento jurídico y los derechos de los habitantes”, sentenció Zúñiga.
De acuerdo con el jerarca de Vivienda y Urbanismo, aprovecharán los deseos de todas las partes de actualizar el reglamento vigente desde hace 38 años, para lograr una normativa más adecuada a la época.
“Lo que necesitamos como país competitivo es tener las reglas claras, darle seguridad jurídica a las personas que quieran hacer desarrollo y hacer inversiones. Lo que buscamos igualmente es asegurar la sostenibilidad de las áreas urbanas. Creo que ese es un objetivo común, todas las partes queremos ese mismo objetivo y quizás la diferencia sea en la forma”, afirmó Martínez.
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El jerarca del INVU había denunciado que muchas segregaciones con fines urbanísticos pasaban como procesos simples en los municipios, por lo que desarrolladores se saltaban la ley al no ceder espacios para la comunidad.
Las nuevas reglas de fraccionamientos no aplicarán por igual para todos los cantones, pues es de acatamiento para aquellos territorios que no cuenten con plan regulador, situación en la que se encuentran 42 de los 82 municipios del país.
También regirán para aquellos cantones que aunque tienen plan regulador, utilizan las normas de fraccionamientos emitidas por el INVU.