Luego de que la Sala Constitucional notificara a la Asamblea Legislativa el voto completo de los magistrados sobre el proyecto de ley para regular huelgas, el Gobierno convocó este viernes la iniciativa para que sea conocida en sesiones extraordinarias.
El ministro de la Presidencia, Victor Morales, afirmó que el objetivo es que los diputados continúen la discusión de la iniciativa lo más pronto posible.
“El proyecto de regulación en materia de huelgas se convoca en este periodo de sesiones extraordinarias para que finalice su trámite legislativo y dar mayor seguridad jurídica a todas las partes”, afirmó Morales.
Este plan propone, entre otros aspectos, que se declaren ilegales las huelgas en servicios públicos esenciales, como salud, seguridad, comedores escolares y suministro de combustibles.
Al respecto, el presidente legislativo, Carlos Ricardo Benavides, manifestó que será “materialmente imposible” hacer las correcciones necesarias al texto para volverlo a aprobar en primer debate antes del viernes 20 de diciembre, último día de labores de los diputados.
Sin embargo, adelantó que este trámite tendrá prioridad para enero. Las sesiones extradordinarias comenzaron en diciembre y se extienden hasta el 30 de abril, periodo durante el cual el Poder Ejecutivo determina la agenda de los diputados.
El Congreso aprobó en primer debate el texto con 40 votos a favor y 15 en contra, sin embargo, el resultado quedó anulado debido a que los legisladores deben hacer mofidicaciones según los señalamientos de la Sala Constitucional. Luego debe someterse a los dos debates.
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Señalamientos de la Sala IV
El 25 de octubre, los magistrados de la Sala Constitucional dieron a conocer su respuesta a consultas planteadas por los propios legisladores.
Los altos jueces hicieron observaciones en dos aspectos.
El primero, un párrafo del artículo 350, según el cual, en caso de que haya una condena sancionatoria contra un dirigente sindical, la autoridad judicial debe enviar una copia de la resolución al Ministerio de Trabajo para los efectos correspondientes.
Se trata de sentencias por delitos como daño agravado, obstrucción de vía pública y denegación de auxilio.
En ese sentido, el presidente del tribunal constitucional, Fernando Castillo, explicó que las conductas de dirigentes sindicales no pueden ser atribuidas a todo un sindicato.
Asimismo, los magistrados advirtieron de que el Congreso omitió consultar a la Corte Suprema de Justicia si afectaba su funcionamiento el hecho de que se incluyeran como esenciales, los servicios judiciales en materia laboral, derecho fundamentales, derecho de familia, pensiones alimentarias, violencia intrafamiliar, contravenciones y flagrancia, así como práctica de autopsias y entrega de cuerpos.