Durante toda la Semana Santa los funcionarios de los ministerios, sus órganos adscritos, las instituciones autónomas, semiautónomas y empresas públicas del Estado disfrutarán de vacaciones los días lunes 26, martes 27 y miércoles 28 de marzo, anunció el Ministerio de Trabajo este miércoles.
A estos tres días se unen los feriados de pago obligatorio correspondientes al Jueves y Viernes Santos, que este año serán los días 29 y 30 de marzo.
Así se dispuso en la directriz firmada el pasado 20 de febrero por el presidente de la República, Luis Guillermo Solís Rivera y el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Alfredo Hasbum Camacho.
La medida considera que debe privar el cumplimiento del artículo 153 del Código de Trabajo, que establece el derecho de todo trabajador a disfrutar de vacaciones anuales remuneradas. Dicha instrucción fue publicada el 5 de marzo del 2018 en el diario oficial La Gaceta.
De igual forma, se valoró que muchas personas funcionarias públicas tienen cumplidos sus períodos de vacaciones, lo cual es inconveniente para ellos y la administración.
Otro factor que se tomó en cuenta, fue el posible ahorro en los servicios básicos; sin embargo, la misma instrucción contempla la excepción de aquellas oficinas públicas que deben mantener la continuidad de sus servicios a sus usuarios.
Dentro de las previsiones a tomar se encuentra la disponibilidad inmediata de personal necesario, para la atención oportuna de cualquier situación de emergencia.
En el caso del Jueves y Viernes Santo, a las personas que laboren esos días se les deberá pagar doble. En caso de que se trabajen horas extra en estos feriados, deben pagarse a tiempo y medio en forma doble, es decir pago triple.
Periodista en la sección de Sucesos y Judiciales. Labora en Grupo Nación desde el año 2004.
En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.