La Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) inició una investigación de oficio para determinar si el Consejo Nacional de Producción realiza prácticas monopolísticas en la venta de alimentos a entidades públicas, por medio del Programa de Abastecimiento Institucional (PAI).
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Según informó la Coprocom, se dispuso analizar los efectos en materia de competencia económica del PAI, en razón de las conclusiones a las que se llegó en la opinión N°022-2021, emitida por la propia Comisión a solicitud de la Secretaría Técnica de Autoridad Presupuestaria (STAP). La STAP pidió criterio para saber si el PAI se encuentra “incluido en un régimen de competencia abierta”.
“Es público y notorio que el CNP no rivaliza con otros proveedores o empresas para la venta directa a las instituciones del Estado, la función de intermediación tiene objetivos específicos de interés público y por ende le fueron otorgados en exclusiva a dicha entidad”, se dijo en el pronunciamiento.
“El CNP no concurre con otros competidores en el abastecimiento a las instituciones públicas, ya que, mientras tenga la capacidad de atender a las instituciones, estas se encuentran obligadas legalmente a comprarle, ante lo cual se cobra un margen de intermediación”, explicó.
En la opinión se argumenta que el mecanismo de compras que favorece al CNP como único oferente de las instituciones públicas, puede afectar el proceso de competencia y libre concurrencia de los agentes, principalmente del lado de los oferentes.
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“Puede decirse que el PAI es una política que trata de mejorar la participación de las pequeñas y medianas empresas en compras públicas o el aumento de compras de alimentos a productores o agentes nacionales y es un objetivo válido en materia de desarrollo nacional. No obstante, el objetivo planteado de incorporar a pequeños productores, por medio de un plan de compras de las instituciones públicas, no debería ser excluyente de la búsqueda de mejores precios de los productos a los usuarios, principalmente de las economías de agrupar las compras y de la certidumbre que puede generar un mercado cautivo”, indicó la Comisión.
Lo que se sabe
Según la Coprocom, los precios de los bienes que el CNP le vende a escuelas, cárceles y hospitales son, en promedio, 46% más caros que los comercializados por el Centro Nacional de Abastecimiento y Distribución de Alimentos (Cenada) y 19,5% más que los ofrecidos en las ferias del agricultor.
Es por estos motivos, que la Unidad de Investigaciones del Coprocom decidió iniciar una investigación de oficio para determinar si el Consejo Nacional de Producción se encuentra realizando prácticas monopolísticas relativas que impidan sustancialmente el acceso de competidores al mercado o los desplace injustificadamente, o bien, que establezca ventajas exclusivas para unos pocos.
“Luego de iniciada la investigación de oficio se recibió una denuncia por hechos similares por lo que fue acumulada a la investigación ya iniciada”, explicó la Comisión.
Las prácticas monopolísticas relativas se encuentran establecidas en el artículo 12 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, N°7472. Son conocidas también como restricciones verticales o abuso de posición dominante, con el fin de obstaculizar o impedir el proceso de competencia y libre concurrencia.
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“Los efectos negativos que este tipo de prácticas pueden tener en el mercado y que las autoridades de competencia tienen por objeto impedir son, entre otros, la exclusión de otros proveedores o compradores mediante la instauración de barreras a la entrada, la reducción de la competencia entre las distintas empresas presentes en un mercado y trabas a la libertad de los clientes o consumidores de comprar o de escoger entre los bienes y servicios disponibles en el mercado”, explicó Coprocom.
La investigación que se realice tiene carácter confidencial y el propósito es reunir, asegurar y ordenar las pruebas y demás antecedentes necesarios para determinar la procedencia o no, del inicio de la etapa de instrucción, proceso que puede llevar a imponer importantes sanciones económicas para la empresa que haya incurrido en la conducta de prácticas monopolísticas.