Los rectores de las universidades públicas consideran que la Contraloría General de la República (CGR) debe abstenerse de aplicar la regla fiscal a los presupuestos de sus instituciones, hasta tanto la Sala IV no resuelva la acción de inconstitucionalidad que ellos presentaron contra la medida.
Esta fue la respuesta del Consejo Nacional de Rectores (Conare) luego de que este jueves la CGR informara de la improbación de los presupuestos para 2020 de los cinco centros de enseñanza superior, y del mismo Consejo. Todas las gestiones quedaron archivadas.
Por esa razón, los jerarcas de las casas de enseñanza pública interpretan que la decisión de la Contraloría de archivar el trámite “es coherente con el mandato de la Sala IV de abstenerse de aplicar la regla fiscal a los presupuestos universitarios”.
“Por lo tanto, al no poder aprobar el presupuesto 2020 sin esa regla, opta por archivar las gestiones relacionadas con los presupuestos universitarios 2020. Aun cuando el ente contralor no lo haya dicho expresamente se vio obligado a respetar la orden emitida por la Sala Constitucional de no pronunciarse sobre los presupuestos universitarios hasta que se resuelva el recurso presentado por los rectores, con lo cual en el fondo la Contraloría tuvo que respetar la Constitución Política”, fue la interpretación que hizo el Conare al respecto.
No obstante, cuando los magistrados dieron curso a la acción para estudiarla no hacen ninguna especificación sobre la aplicación de la regla fiscal ni sobre un pronunciamiento de la Contraloría. Aluden al artículo 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, según la cual solo si hay procedimientos administrativos o judiciales en curso en los que se discuta la aplicación de la norma cuestionada, no se podrá dictar sentencia final, sino hasta que la Sala resuelva.
“Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas”, dice el curso del tribunal constitucional, dictado el 5 de julio de 2019.
Ante consultas de La Nación, la Contraloría confirma que en la resolución de traslado de la acción, solo se transcribieron esas normas, sin mayores especificaciones.
“La Sala Constitucional, de acuerdo con lo establecido en la Ley de la Jurisdicción Constitucional, tiene la potestad de dimensionar la aplicación de las normas que están siendo impugnadas en la vía constitucional”, recordó.
Sin requisito esencial
La explicación de la Contraloría es que los presupuestos universitarios se archivaron porque las entidades faltaron con un requisito esencial.
Escudadas en su autonomía, estas entidades se negaron a presentar copia de sus planes de gastos ante la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP), del Ministerio de Hacienda, para que esta verifique y certifique ante la Contraloría el cumplimiento de la regla fiscal.
De acuerdo con la regla fiscal, para 2020, las instituciones públicas, entre ellas las universidades, deben tener un crecimiento máximo de gastos corrientes (salarios, becas, servicios) de 4,67%.
LEA MÁS: Rebeldía de universidades causa rechazo de sus presupuestos en Contraloría
Como no se pudo verificar, al órgano contralor no le quedó más que archivar los presupuestos.
Ahora, las universidades tendrían el mismo presupuesto que para el 2019, el cual era menor al del próximo año. Sin embargo, siempre tienen la oportunidad de presentar presupuestos extraordinarios.
LEA MÁS: Sala IV acoge para estudio reclamo de 'U' públicas contra reforma fiscal
“Aunque el ente contralor no lo acepta expresamente, debió hacer justo lo que le ordenó la Sala Constitucional, a saber: que por ser la CGR un decisor final (lo que ella resuelve no tiene apelación), no podía pronunciarse sobre los presupuestos de las universidades, ya que está en estudio un recurso de nulidad presentado por Conare ante la Sala. La Contraloría no lo dice pero esa es la razón por la cual ni rechazó, ni aceptó el presupuesto, sencillamente no le dio trámite", manifestó Alberto Salom, rector de la Universidad Nacional (UNA).
Para el rector, aunque se hubieran enviado los presupuestos para revisión de la STAP, la Contraloría no podría haberse pronunciado.
"En resumen, una victoria del Conare aun a costa de tener que comenzar trabajando con el presupuesto 2019; pero victoria al fin, en defensa de la Constitución”, dijo.
También Marcelo Prieto, rector de la UTN, considera que la resolución de la Contraloría “no es más que un acto de obediencia obligada a la orden de la Sala Constitucional”.
A pesar de todos sus reclamos y aunque la Contraloría no revisó su presupuesto, el Conare afirma que sí cumplió con la regla fiscal, lo mismo que las universidades. Lo hicieron, dijo “por decisión propia”.
LEA MÁS: Contraloría advierte de que 'U' públicas no se escapan de la regla fiscal
Los jerarcas aseguraron que la decisión no afecta el inicio normal de las operaciones de las universidades públicas para el próximo año.
La medida alcanza a la Universidad de Costa Rica (UCR), Universidad Nacional (UNA), Instituto Tecnológico (Tec), Universidad Estatal a Distancia (UNED), Universidad Técnica Nacional (UTN), lo mismo que al Conare.
Acción ante la Sala IV
La acción de inconstitucionalidad de los rectores se tramita bajo expediente número 2019-011540-0007-CO.
Esta gestión objeta los artículos 5, 6, 11, 14, 17, 19 y 26 del Título IV de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (N.° 9635) que establece la aplicación de la llamada regla fiscal.
Los rectores alegaron que disposiciones de esta ley son contrarias a los artículos 78, 84 y 85 de la Constitución Política. El primero de estos numerales establece la obligación de otorgarle el 8% del producto interno bruto (PIB) anual a la educación, los otros se refieren a la independencia universitaria y crea el fondo para estas instituciones, denominado Fondo Especial para la Educación Superior (FEES).