Mauricio Víquez Lizano se ausentó desde el 4 de marzo de sus obligaciones como profesor de bibliotecología de la Universidad de Costa Rica (UCR). Esta sería razón suficiente para que la institución gestione el despido sin responsabilidad patronal por abandono de funciones.
El artículo 31 del Reglamento Interno de Trabajo de la Universidad de Costa Rica establece que, por dos ausencias consecutivas o más de dos alternas, los funcionarios de la institución académica serán despedidos sin responsabilidad patronal.
El sacerdote expulsado del estado clerical por dos casos de abusos contra menores de edad, cumplió este viernes su quinta ausencia consecutiva y, de acuerdo con la Escuela de Bibliotecología y Ciencias de la Información, tampoco ha justificado sus faltas.
Esta unidad académica ya notificó a la oficina de recursos humanos de la UCR, para que tampoco se le gire el pago de salario. Víquez es profesor adjunto de bibliotecología, con una jornada laboral de 1/2 tiempo y recibe un salario de ¢917.000.
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Pendiente de la orden de captura internacional contra su profesor, emitida por el Juzgado Penal de Desamparados el pasado 19 de febrero, la Universidad tomó las previsiones para que los estudiantes no fueran afectados ante la posible ausencia del excura.
Víquez es investigado por la vía penal por un caso de violación sexual contra un menor de edad, actualmente el joven tiene 27 años.
De acuerdo con la Dirección de Migración y Extranjería, Víquez Lizano salió del país el pasado 7 de enero, y desde entonces no se reporta su regreso. Las autoridades migratorias mexicanas confirmaron el ingreso de Víquez días antes de que se emitiera la orden de captura captura.
Causa penal no implica despido
A finales de febrero, la vicerrectora de Docencia de la Universidad de Costa Rica, Marlen León, había aclarado que no iniciarían un procedimiento contra Víquez producto de la causa penal, pues “no se pueden tomar este tipo de acciones, en virtud de denuncias hechas fuera de la Universidad”, aun si se tratara de una causa judicial en la que se dicte prisión preventiva.
Cuando eso ocurre con algún funcionario universitario, el artículo 72 de la convención colectiva de la UCR establece que se le otorga un permiso sin goce de salario para atender las obligaciones del proceso judicial.
No será hasta que exista una sentencia condenatoria en firme, que el trabajador universitario sería despedido sin responsabilidad patronal.
“La Universidad de Costa Rica no puede juzgar ni separar a un funcionario por causas externas que estén en trámite en los tribunales, o que no tienen relación con el ámbito universitario. Esto para salvaguardar los derechos laborales, así lo establece la norma”, señaló la vicerrectora.
La situación sería diferente, si las autoridades académicas acuerdan el cese por abandono de trabajo.
Mauricio Víquez inició su carrera como profesor universitario en el alma máter en 2004 y obtuvo la propiedad como docente en el 2010.