Carlos Alvarado firma proyecto de huelgas: ‘Esta Asamblea ha hecho un cambio de paradigma’

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El presidente Carlos Alvarado firmó esta mañana la ley que evitará los abusos en las huelgas y, al hacerlo, alabó el trabajo de los diputados de la Asamblea Legislativa.

"Esta legislación brindará claridad sobre el alcance del ejercicio de la libertad sindical, es una regulación equilibrada y balanceada que permite a los trabajadores manifestarse en libertad sin afectar el derecho del resto de los ciudadanos”, dijo el mandatario sobre la reforma que entrará en vigor al salir en el diario oficial La Gaceta.

“Quiero subrayar cómo esta Asamblea Legislativa ha hecho un cambio de paradigma. Antes se decía que iba a costar mucho que las cosas pasaran. Creo que en los últimos casi dos años, con el trabajo de las distintas fracciones, se ha logrado cambiar ese paradigma”, afirmó el mandatario en su mensaje.

“Es un mensaje muy fuerte de nuestra institucionalidad, de que sí podemos. Esto es mérito de las y los diputados. Es un mensaje para Costa Rica de que sí se puede. Hay una agenda nutrida y yo la veo con mucha esperanza”.

“El país se ha enredado mucho en su institucionalidad. Hay muchos nudos que desatar”, expresó el mandatario frente a diputados de diversas fracciones en Casa Presidencial.

‘Le hemos hecho honor a nuestros abuelos’

El presidente legislativo y diputado del PLN, Carlos Ricardo Benavides, impulsor de la ley, afirmó que este es un día muy especial para la democracia costarricense.

“Les hemos hecho honor a la voluntad de nuestros abuelos”, dijo en referencia a la regulación original de las huelgas en la Constitución Política y en el Código de Trabajo.

“El sistema se fue irrespetando poco a poco (...). Sucede que, no pocas veces, los políticos terminan generando un sistema que protege más a algunos grupos de presión que a la gente, y eso fue lo que sucedió con las huelgas”, sostuvo Benavides

Añadió que también partidos políticos de oposición prefirieron convertir la huelga en un arma para tratar de desestabilizar a los gobiernos, al tiempo que la víctima fue la gente que perdió atenciones quirúrgicas o que no podía llegar a su trabajo.

“No bastándoles el uso de la huelga, se inventaron que el bloqueo era un instrumento paralelo a la huelga”, comentó.

“Hemos devuelto a la ciudadanía la condición constitucional. Este país llegó al colmo de que, en un servicio esencial como la salud, la huelga era indefinida (...). No tiene por qué el costarricense pagar ilegalidades”.

El presidente legislativo también agradeció a grupos sindicales que se acercaron a dialogar, durante el proceso, y a la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Además, lamentó el “comportamiento de algunos malos líderes políticos y sindicales”, al tiempo que recordó que la ley también trae cambios a los que habrá que acostumbrarse, como el arbitraje obligatorio al que los sindicatos podrán llevar al patrono, cuando tengan conflictos, en los servicios esenciales.

La ministra de Trabajo, Geannina Dinarte, agregó que muchos representantes del sector sindical fueron parte del proceso, lo que permitió establecer límites para proteger la vida, la salud y la seguridad del país.

El proyecto

El plan fue aprobada en segundo debate el jueves anterior, con 35 votos a favor y 13 en contra; luego de que los diputados eliminaran los dos párrafos cuestionados por la Sala Constitucional.

Una vez entre en vigencia, se declararán ilegales las huelgas en los servicios públicos esenciales como los de salud, seguridad, comedores escolares y suministro de combustibles; debido a que su interrupción pone en riesgo la vida, salud y seguridad de las personas.

El texto contiene una lista taxativa de servicios esenciales, propuesta por la diputada de Liberación Nacional (PLN), Yorleny León, donde estos movimientos se considerarán ilegales.

Además, la reforma establece que durante estos movimientos, los patronos no estarán obligados a pagar los salarios a los huelguistas, como estos últimos tampoco están obligados a prestar sus servicios.

Los salarios serían reintegrados si el movimiento es declarado legal por un juez, pero una vez que la sentencia quede en firme. Este cambio fue propuesto por por el socialcristiano Pedro Muñoz, quien estuvo presente este lunes en Casa Presidencial.

Producto de una negociación entre diputados y sindicatos, la educación fue excluida de la lista de servicios esenciales y ahora la ley la califica como servicio estratégico, en la que se permiten huelgas hasta por 21 días naturales consecutivos o diez días discontinuos.

Antes de iniciar el movimiento, las partes están obligadas a negociar con a finalidad de buscar acuerdos. Durante la huelga los servicios educativos deberán permanecer abiertos con condiciones básicas de aseo y seguridad para que asistan aquellos funcionarios que no desean sumarse a ese tipo de protestas.

El texto también incluye una lista de servicios trascendentales donde se permite la huelga siempre que los huelguistas presenten un esquema mínimo de servicios.

El movimiento no puede durar más de diez días y, entre los servicios que califican como trascendentales, se encuentran la recolección y tratamiento de basura, carga y descarga de muelles y atracaderos, anotación y levantamiento de salidas del país.

El plan también exige a los sindicatos disponer de un correo electrónico para ser notificados judicialmente cuando una institución solicita declarar ilegal una huelga.

Este cambio fue introducido por las complicaciones que sufrieron los notificadores judiciales para encontrar a los dirigentes sindicales durante el movimiento contra la reforma fiscal en el 2018.

Otro cambio introducido en la ley, es la prohibición de ir a huelga dos veces por un mismo motivo.

Asimismo, las huelgas contra políticas públicas se permitirían hasta por un lapso de 48 horas si afectan "en forma directa los intereses económicos o sociales de los trabajadores”.

También, se declaran ilegales las huelgas políticas, es decir, aquellas que no tengan conexión con incumplimientos laborales imputables al patrono.

Este proyecto ya había sido aprobado en primer debate el 3 de setiembre del 2019, con 40 votos a favor y 15 en contra.

Los párrafos eliminados

Sin embargo, tras resolver consultas de los diputados, la Sala IV señaló dos vicios de inconstitucionalidad que hace ocho días el plenario subsanó, lo que hizo necesaria la eliminación de los párrafos para aprobar el texto, de nuevo, en primer debate.

Los párrafos eliminados son el último de la reforma al artículo 350 del Código de Trabajo y el inciso 10 de la reforma al artículo 376 del Código de Trabajo.

El 350 establece las causales para la disolución de sindicatos. Una párrafo incluía que, cuando se condene a un dirigente sindical por delitos como daño agravado, obstrucción vial o denegación de auxilio, la autoridad judicial debe enviar una copia de la resolución del Ministerio de Trabajo para los efectos correspondientes.

Para el presidente de la Sala IV, Fernando Castillo, las conductas de los dirigentes sindicales no pueden ser achacadas al sindicato. En esa propuesta, los magistrados constitucionales encontraron un vicio de fondo.

En tanto, en el artículo 376, el inciso 10, encontraron un vicio de forma, o sea, del procedimiento legislativo

El inciso 10 incluía los servicios judiciales dentro de la lista de servicios esenciales donde las huelga serían ilegales.

Dentro del párrafo eliminado estaban los servicios de materia laboral, derechos fundamentales, derecho de familia, pensiones alimentarias, violencia intrafamiliar, contravenciones y flagrancia, así como la realización de autopsias y la entrega de cuerpos.

El problema señalado por los magistrados constitucionales, en este párrafo, es que la Asamblea no consultó a la Corte Suprema de Justicia, dentro del trámite legislativo del expediente, si esa inclusión afecta el funcionamiento y la organización del Poder Judicial.