La Dirección General de Tributación (DGT) estableció, a partir de este martes 15 de febrero, nuevas disposiciones para regular las donaciones deducibles de impuesto sobre la renta. Las nuevas reglas implican cambios tanto para el contribuyente que brinda la ayuda, como para el receptor de la misma.
Entre las principales modificaciones están que el fisco dispondrá de una lista de las organizaciones a las cuales se les puede donar. Dicho documento se publicará en el sitio web del Ministerio de Hacienda.
Entre los entes que podrán recibir los beneficios hay entidades estatales, así como asociaciones o fundaciones para obras de bien social, científicas o culturales, según el oficio N° DGT-R-03-2022 denominada “Requisitos para la atención de solicitudes para recibir donaciones deducibles del Impuesto a las utilidades por parte del donante.
Las organizaciones deberán inscribirse en Tributación y renovar cada dos años la autorización para poder percibir ayudas económicas o en especie. Además de contar con un registro de auxiliar contable que deberá contener fecha de la donación, nombre y número de cédula del donante, monto y tipo de donación, detalla en la resolución publicada este martes en el diario oficial La Gaceta.
“Corresponde a la Dirección General de Tributación la fiscalización de las donaciones realizadas por los contribuyentes del impuesto sobre las utilidades, para lo cual tiene amplias facultades en cuanto a la apreciación y calificación de la veracidad de las mismas, especialmente cuando se trate de aquellas dirigidas a obras de bien social, científicas y culturales”, se argumenta en el oficio del a DGT.
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Silvia González, socia de Impuestos y legal de la firma Grant Thornton, explicó que, según el oficio de Tributación, la organización que incumpla se expone a una sanción en la cual se suspende la autorización de recibir donaciones deducibles.
“La lista de organizaciones es pública. En la página de Hacienda se publicará las que están autorizadas y las suspendidas. Esto tiene sus bemoles porque las sanciones administrativas en temas fiscales deben establecerse por ley”, recalcó González.
La especialista recomendó a los contribuyentes que, previo a realizar una donación, revise las entidades autorizadas por Hacienda porque, en una fiscalización posterior, el fisco podría rechazar la deducción.
Las donaciones deducibles tienen un límite el 10% de la renta neta declarada, ya sea que se haga a una sola asociación o a varias.
Además se debe realizar dentro del periodo fiscal. Por ejemplo, para tomarse como gasto del periodo fiscal del 2022, donativo debe efectuarse entre el 1. ° de enero y hasta el 31 de diciembre de dicho año. El contribuyente debe contar con la información de respaldo, sino debe aplicarse en el periodo siguiente.
Las organizaciones receptoras de donaciones, económicas o en especie, deben recibir el visto bueno del Ministerio de Hacienda para obtener dicho beneficio. Hacienda publicará la lista de las organizaciones autorizadas. (Foto con fines ilustrativos). (Mayela Lopez)