Estas son las razones de la reducción de 108 a 19 de la lista de cobro del IVA a servicios como Netflix, Spotify o Airbnb

Empresas que no aparecen, como Uber y Didi, están en conversación con Hacienda para materializar su registro y hacer el cobro de impuesto, confirmó director de Tributación.

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El Ministerio de Hacienda redujo de 108 a 19 los servicios transfronterizos gravados con el 13% del impuesto sobre el valor agregado (IVA) que comenzará a cobrarse a partir del próximo 1 . ° de octubre.

La Dirección General de Tributación publicó, este martes 22 de setiembre, la nueva lista donde hay una reducción significativa con la primera anunciada en diciembre del 2019.

En la nueva aparecen servicios brindados desde plataformas como Airbnb, Apple+, Apple Music, iTunes, Netflix, Spotify, Sky, entre otros.

Carlos Vargas, director de Tributación, explicó a La Nación que la lista incluye solo los servicios transfronterizos que representan los de mayor volumen de transacciones.

En los servicios en listados corresponde a los emisores de tarjetas de crédito y débito efectuar la retención del 13% del IVA, cuando se cobra al usuario.

Una de las situaciones que sobresale es la ausencia de Uber y Didi, plataformas especializadas en brindar transporte de personas. Sin embargo, no significa que quedan fuera de la aplicación del IVA.

“Las (empresas) que no se han incorporado, en este momento, algunas de ellas están conversando para ver si se puede materializar su registro para que ellos cobren en impuesto”, detalló Vargas al consultársele en específico sobre esta dos compañías.

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El funcionario enfatizó que a lista publicada se le pueden añadir nuevos servicios.

“La resolución prevé que en cualquier momento se puede incorporar nuevas plataformas en la lista. Para que proceda el cobro por medio del pago con tarjeta solo basta que se comunique la inclusión contando solo con tres días para que inicie el cobro por medio del pago con tarjeta”, explicó Vargas.

Los servicios digitales transfronterizos son los que brinda un proveedor que no está establecido o domiciliado dentro del país, por medio de Internet o cualquier otra plataforma digital, y que los clientes consumen en el territorio nacional.

Esto aplica, por ejemplo, para la publicidad en redes sociales, como Facebook, que una empresa paga para llegar a audiencias dentro de Costa Rica. También, para servicios de videojuegos que serán utilizados en el país como PlayStation y Nintendo.

Grant Thornton: Nueva lista es más lógica

German Morales, especialista en temas tributarios, explicó que el Ministerio de Hacienda enlistó, en un inicio, todas las plataformas o aplicaciones de venta de servicios.

“Muchas de las empresas incluidas al inicio efectúan ventas de mercancías, por ejemplo, Amazon. Cuando se compra una camisa o tenis, eso pasa por aduanas y paga impuestos”, explicó Morales, socio director de Grant Thornton.

Añadió que la nueva lista es la más lógica, pues son las que realmente venden servicios intangibles.

“Las empresas que quedaron son precisamente las más congruentes con las que Tributación busca gravar con el IVA”, Morales.

La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, aprobada en diciembre del 2018, fue la que estableció la aplicación del IVA a los servicios transfronterizos y definió dos mecanismos para recaudar el IVA a estos servicios.

En el primero, la empresa proveedora del servicio podría aplicar el rebajo directamente al cliente al momento de la compra y transferirlo a Hacienda.

Para optar por esta modalidad, las compañías deben cumplir con un proceso de registro ante la Tributación para inscribirse como contribuyentes y seguir el procedimiento establecido por el fisco.