39 entidades públicas deberán revisar privilegios de convenciones antes del 2020

Cesantías mayores a 12 años, sobresueldos y pago del 100% del salario en incapacidades son algunos de los principales beneficios en acuerdos vigentes en instituciones y municipios

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

---

Antes de que llegue el 2020, 39 de las 75 convenciones colectivas vigentes en el sector público vencerán y podrán entrar en un proceso de revisión de los beneficios otorgados a los trabajadores.

La cesantía de más de 12 años, sobresueldos y el pago del subsidio del 100% del salario durante una incapacidad por enfermedad o accidente, son algunos de los principales privilegios pactados en dichos acuerdos laborales y que podrían ser renegociados a la baja en los próximos 16 meses.

Según la información brindada por el Ministerio de Trabajo, 25 convenciones que están por finalizar pertenecen al sector municipal y otras 14 corresponden a instituciones descentralizadas y Gobierno Central.

Como parte del proceso de revisión de los acuerdos laborales, la Administración de Carlos Alvarado ordenó a las instituciones del Poder Ejecutivo renegociar las convenciones una vez que estas venzan, impedir su prórroga automática y denunciar aquellas cláusulas que se consideren abusivas.

En la directriz ejecutiva 009-H, del 6 de junio anterior, se dispuso que: “Toda negociación realizada según lo dispuesto en esta directriz, deberá procurar, por parte de la Administración, la racionalización en el uso de recursos públicos, y tender a la baja en el costo que significa el funcionamiento de la convención colectiva”.

La Sala IV es la que ha establecido, en los últimos años, cuándo un privilegio contenido en una convención colectiva es desproporcional.

Asimismo, se instó a las entidades fuera del Poder Ejecutivo, y que gozan de independencia, a adoptar las disposiciones de la directiz.

"Los jerarcas de las instituciones públicas tendrán la responsabilidad personal de impedir la prórroga automática de las convenciones colectivas vigentes en sus instituciones", se recalca en el decreto.

Para hacer efectiva la revisión de los acuerdos, la entidad pública deberá denunciar la convención un mes antes de su vencimiento, si no se hace los beneficios continuarán por tres años más.

Los trabajadores también pueden proponer la renegociación ante el Ministerio de Trabajo, órgano que junto con el Ministerio de Hacienda son garantes del proceso.

Mientras se efectúan las conversaciones entre las partes, los acuerdos laborales siguen viente hasta que sea aprobado el nuevo texto, proceso conocido como homologación.

Las convenciones colectivas son financiadas mediante la venta de servicios –en el caso de las empresas estatales– y la recaudación de impuestos, en el caso del Gobierno y las municipalidades.

Los gobiernos locales también reciben recursos de Hacienda como parte del proceso de transferencias de competencias. Para el Presupuesto 2019, el Gobierno Central prevé girar más de ¢150.000 millones a los municipios.

Principales casos

En las instituciones descentralizadas es donde se presentan los mayores beneficios salariales e incentivos para los trabajadores.

En la lista de las que deben renegociar la convención –porque vencen en los próximos 16 meses– están la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) y el Instituto Tecnológico de Costa Rica (TEC).

En el Banco Nacional la revisión comenzó desde el año pasado y en el Instituto Nacional de Seguros (INS), a partir de febrero de este año.

En el Gobierno Central se vencen los acuerdos pactados en el Registro Nacional, Acueductos y Alcantarillados y el Instituto Nacional de las Mujeres. Sin embargo, no reportan altos privilegios, comparados con las instituciones descentralizadas.

En el caso de Recope, la convención vence en julio del próximo año y la entidad sí prevé renegociar el acuerdo.

La empresa pública está entre las que tiene una cesantía de 20 años, la cual ya fue considerada como “irracional” en el sector público, por la Sala IV.

“Aún no se ha definido los términos de la denuncia correspondiente según lo establece el procedimiento y consideramos prematuro hacer referencia al tema en este momento”, argumentó la entidad por escrito.

Japdeva es la institución pública en la cual los beneficios laborales consumen el mayor porcentaje de los ingresos por venta de servicios.

La liquidación presupuestaria de los últimos tres años, entregada a la Contraloría General de la República, muestra que los beneficios asociados a la convención acaparan el 25% de los ingresos corrientes de la entidad portuaria.

La institución no respondió las consultas enviadas por La Nación, el pasado 5 de setiembre.

La administración del INS y el sindicato tienen varios meses de negociar la convención, pero aún no hay una resolución, confirmó Elian Villegas, presidente ejecutivo de la institución.

Villegas reconoció que la reducción de la cesantía es uno de los temas en proceso de negociación.

“Esperamos lograr ahorros y mejorar la eficiencia de la institución. Hay que recordar que, en diciembre del 2015, se hicieron cambios muy relevantes en la convención”, recordó el jerarca.

Ese año se decidió implementar el sistema de salario único, en las nuevas contrataciones de personal, y eliminar el sistema de base salarial más pluses.

Gobiernos locales

Los beneficios más habituales en el sector municipal son la cesantía sin tope y el pago del 100% del salario del trabajador durante una incapacidad por enfermedad o accidente, así se extrae de una revisión de los 25 acuerdos laborales prontos a vencer.

Otra de las características es que en casi todos los municipios se establece la prórroga inmediata de la convención si no se denuncia.

Alicia Borja, alcaldesa de Curridabat, enfatizó que las directrices presidenciales no son de acatamiento obligatorio para las municipalidades, por ser autónomas.

"Tampoco somos ajenos a la coyuntura financiera por la que atraviesa el país", recalcó la funcionaria.

Este municipio está entre los que carece de tope de cesantía cuando el trabajador se pensiona o es despedido.

Sobre este punto, Borja dijo que cada institución pública debe determinar si incorpora el nuevo tope de 12 años dictado por la Sala IV.

Fallos de Sala IV definieron nuevos topes a acuerdos laborales

En junio pasado, los magistrados de la Sala Constitucional establecieron un nuevo tope máximo de cesantía de 12 años en el sector público, luego de considerar que reconocer 20 años era desproporcionado.

También consideraron inconstitucional el pago de cesantía cuando el empleado renuncia, así como reconocer todos los años laborados por el trabajador público.

Precisamente, los fallos de la Sala IV, en las últimas dos décadas, han establecido los límites para el reconocimiento de beneficios laborales en el sector público.

Actualmente, los magistrados analizan 12 acciones de inconstitucionalidad presentadas contra los acuerdos laborales de la Imprenta Nacional, Japdeva, Recope, INS, Registro Nacional, CNFL y Banco Popular.

El Tribunal ha eliminado sobresueldos, bonificaciones especiales y salarios adicionales por cumplir años de laborar en una institución.

Por ejemplo, en setiembre del 2007, suprimió en el Banco Popular el pago de entre cuatro y 10 salarios diarios a los empleados que cumplían de cinco a 15 años continuos de laborar en la entidad financiera.

En el 2006, la Sala eliminó en Japdeva el pago de sobresueldos y licencias para que los dirigentes sindicales realicen actividades gremiales en horas de trabajo.

Ese mismo año, también quitó el privilegio de los empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social de solo cotizar el 50% de la cuota obrera al seguro de salud.