Reglas de la banca para dar préstamos a personas y empresas cambiarán en 2022

Cada entidad financiera podrá sus propios requisitos para sus operaciones de crédito. Jerarca del Conassif afirmó que la Sugef fiscalizará que no se ponga en riesgo dinero de ahorrantes.

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La forma de determinar la capacidad de pago de una persona o empresa, así como los requisitos para prestarles dinero, serán definidos de manera individual, por cada entidad financiera, a partir del 2022.

Alberto Dent, presidente del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), confirmó que los parámetros para otorgar préstamos se modificarán, a partir de ese año, una vez que entre en vigencia la nueva normativa para la evaluación de clientes.

El Consejo está por aprobar los cambios reglamentarios que se enviarán a consulta, en los próximos días, con el objetivo de que las entidades financieras lo implementen de forma paralela a la norma actual, a partir del 1.° de enero del 2021, y ya de forma obligatoria un año después, dijo Dent.

“Los mecanismo de valoración de riesgo los deberá definir la junta directiva de cada entidad. Conassif y Sugef estudiará estas políticas. Nosotros veremos el cumplimiento de estándares mínimos”, explicó el presidente del Conassif.

Cada banco, cooperativa, mutual y financiera definirán, por ejemplo, si piden o no garantías a sus clientes en los préstamos, destacó el jerarca.

Los parámetros para prestar dinero serán establecidos en una política de crédito, por cada entidad, que será revisada por la Sugef.

“La Superintendencia sí vigilará que cada entidad sea responsable y que no arriesgue el dinero de los ahorrantes. Si la Sugef detecta un riesgo mayor al aprobado (en la política crediticia) la obligará a hacer provisiones”, explicó Dent.

Las provisiones son reservas especiales que cada banco debe efectuar para cubrirse de eventuales pérdidas por créditos malos.

Rocío Aguilar, jerarca de Sugef, explicó que la reforma es parte de un proceso de modernización de la normativa de supervisión fundamentada en la administración de los riesgos por parte de cada institución financiera.

Actualmente, las reglas crediticias están fundamentadas en el cumplimiento de directrices establecidas por el Conassif y la Sugef.

“El cambio será completo; por ejemplo, no se habla de la calificación de cada deudor, sino de las pérdidas esperadas de determinadas carteras. Es un cambio completo de metodología”, destacó Aguilar.

Los cambios promovidos por el Consejo y la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) tienen el objetivo de modificar el Reglamento para la Calificación de Deudores, vigente desde diciembre del 2005, que establece las reglas que cada entidad financiera debe cumplir al otorgar un crédito.

Por ejemplo, dicta la clasificación que los bancos deben dar a los deudores sobre su capacidad de pago, el comportamiento histórico de pago de cada deudor, las garantías para otorgar un préstamo, entre otras.

Cambios de fondo

Las modificaciones que se aproximan harán que las entidades financieras sean más prospectivas y orientadas al análisis de los riesgos del negocio en cada institución, en vez del actual sistema de cumplimiento.

“El objetivo es la identificación y medición del riesgo de crédito de cada una de las operaciones hechas, solo que en vez de ser uno más uno, igual dos; será una medición más cualitativa que cuantitativa”, afirmó Dent.

La reforma normativa implicará un cambio profundo, frente a lo hecho en los últimos 15 años, por lo cual las entidades fiscalizadoras tendrán un periodo de adaptación de un año.

Las juntas directivas y los gobiernos de administración de cada banco dispondrán de pautas generales sobre la identificación del riesgo para su actividad; pero serán los encargados de establecer sus propias reglas, explicó el jerarca del Conassif.

“Nosotros estudiaremos las políticas de mitigación de riesgo, apetito de riesgo y la definición de riesgo que cada entidad tendrá (...) Entonces dependiendo de como manejen esto, nosotros nos tranquilizamos más en cuanto a la supervisión”, dijo el jerarca.

Por otra parte, la reforma implicará medidas más estrictas en la calidad de la suficiencia de capital de cada entidad financiera.

Actualmente, el capital mínimo para operar en el mercado financiero es de $14 millones, monto que se mantendrá. Pero se exigirá una composición más “pura”.

“Se verá cuál es la mezcla que se tiene de capital. Por ejemplo, se puede contar con utilidades, reservas de capital y créditos subordinados dentro del capital como capital secundario. Bueno, esta última parte vamos a irla limpiando”, explicó Dent.

La expectativa del Consejo es que los cambios reglamentarios sean enviados a consulta a las entidades supervisadas este mismo mes de noviembre.