Proyecto propone eliminar retención de tributos al hacer pagos con tarjeta, ¿cuáles son los pros y los contras?

El plan de un grupo de diputados del PUSC aumentaría el flujo de efectivo en las empresas, pero se lo restaría al Gobierno y debilitaría la trazabilidad de los ingresos de los contribuyentes. La Cámara de Comercio propuso bajar los porcentajes, pero no eliminarlos

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Con el objetivo de que las empresas puedan contar con un mayor flujo de caja, cuatro diputados del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) propusieron un proyecto de ley para eliminar la retención que realiza el Ministerio de Hacienda del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del impuesto sobre la renta por medio de los pagos con tarjeta.

Se trata del proyecto Ley para Aumentar el Flujo de Efectivo en las Empresas (expediente 21.977) que presentaron los diputados Pedro Muñoz, Pablo Heriberto Abarca, María Inés Solís y Rodolfo Peña. El plan se publicó en La Gaceta el 28 de mayo del 2020 y el 26 de junio pasado ingresó al orden del día y discusión en la Comisión de Asuntos Económicos.

“El Ministerio de Hacienda no podrá obligar a las entidades financieras que procesen los pagos de tarjetas de crédito o débito a efectuar ninguna retención o adelanto de tributos por el monto que paguen, acrediten o en cualquier otra forma, pongan a disposición de las personas físicas o jurídicas, por las transacciones o pagos realizados”, señala el artículo 1°. del proyecto.

Este mecanismo de retención –que se comenzó a aplicar el 7 de julio del 2003 con el entonces impuesto de ventas– consiste en entregar al Ministerio de Hacienda una parte del impuesto de ventas el mismo día en que el consumidor compra un artículo gravado y lo paga con tarjeta.

Antes de esta fecha, los comercios recibían todo el dinero que los consumidores pagaban por concepto del impuesto de ventas y luego tenían tiempo hasta el día 15 del mes siguiente para hacer el depósito del impuesto en el Ministerio de Hacienda.

En el caso del IVA, el porcentaje retenido depende actualmente de la relación porcentual entre las ventas gravadas y el total de ventas locales declaradas por el contribuyente. Por ejemplo, si entre 0 y el 50% de las ventas están exentas, o no sujetas al impuesto, el porcentaje de retención sobre total de las ventas es de 6%, explicó Eduardo Acevedo, consultor de Impuestos de ICS Abogados.

¿Comó funciona en pagos con tarjeta?

En seguida un resumen del funcionamiento de la retención del IVA y renta que realiza el Ministerio de Hacienda a los comercios cuando las personas pagan con tarjeta de crédito o débito.

FUENTE: EDUARDO ACEVEDO, CONSULTOR DE IMPUESTOS DE ICS ABOGADOS.    || INFOGRAFÍA JUAN C. ALPÍZAR/ LA NACIÓN.

Proponentes defienden ventajas

La ventaja del proyecto, según los proponentes, es que permitiría a las empresas tener un mayor flujo de efectivo, lo cual es un respiro en este tiempo de crisis por la pandemia de covid-19.

“Para nadie es un secreto que la mayoría de las empresas costarricenses estaban pasando por momentos difíciles, incluso antes de la pandemia producida por el brote de coronavirus covid-19, en este contexto aplicar retenciones de impuesto impide a las empresas aprovechar ese flujo de efectivo en su actividad habitual y termina por generar créditos fiscales que son difícilmente redimidos”, explican los diputados en la exposición de motivos del proyecto.

En el plan se explica que la moratoria en el pago de IVA y renta que aprobaron los diputados para los tributos recaudados en marzo, abril y mayo del 2020 tuvo un efecto parcial porque, si el pago fue con tarjeta, la retención se continuó aplicando.

Alonso Elizondo, director ejecutivo de la Cámara de Comercio de Costa Rica, explicó que el proyecto de ley tiene un enfoque muy positivo, principalmente en el respiro que esto implicaría a los flujos de caja de las empresas; sin embargo, desde la Cámara recomiendan que, en lugar de suspender la retención, esta se disminuya a porcentajes mucho menores, por debajo del 0,5%.

“Esto para que el Ministerio de Hacienda no pierda la herramienta de trazabilidad fiscal que esta retención representa y simultáneamente generar el efecto positivo que este proyecto busca”, explicó Elizondo.

Varias desventajas

Precisamente uno de los cuestionamientos al proyecto es que se perdería dicha trazabilidad pues con este mecanismo, Tributación obtiene el detalle de los pagos recibidos por cada negocio y las retenciones aplicadas, la cual luego se compara con la información que brinda el comercio.

Además, los ingresos por ventas permiten estimar las utilidades obtenidas por un comercio y el monto que debe pagar de impuesto sobre la renta.

Alejandra Hernández, viceministra de Ingresos del Ministerio de Hacienda comentó que las retenciones o adelantos de tributos son un mecanismo confiable de control tributario y, por ende, de lucha contra el fraude fiscal.

“Existe evidencia, no solo empírica, de que el contribuyente declara con mayor exactitud sus obligaciones tributarias si ya ha realizado los pagos, desde otro punto de vista, cuando una parte del impuesto ya ha sido pagado, el contribuyente tiene menos interés en falsear su declaración para pagar menos, porque de hecho ya hizo el pago”, dijo Hernández.

El diputado Muñoz considera que cuando se instauró dicho sistema no existía ni el IVA, que grava tanto bienes como servicios, ni la factura electrónica, así que Hacienda tiene actualmente otras herramientas para obtener dicha trazabilidad.

La otra dificultad es que así como el plan le daría mayor flujo de efectivo a las empresas se lo restaría al Gobierno que dejaría de recibir estos recursos por adelantado en un momento en el cual sus ingresos también han bajado por los efectos de la pandemia sobre la economía.

La viceministra explicó que entre enero y febrero 2020, en los casos de tarjeta de crédito y débito, se retuvieron ¢13.000 millones.

“Partiendo del supuesto que no se incrementa el incumplimiento tributario, este dinero debería impactar el flujo de caja (del Ministerio de Hacienda) por un plazo de entre 15 y 45 días”, indicó.

En el caso del impuesto a las utilidades, detalló la viceministra, en el periodo fiscal 2019 ingresaron ¢85.000 millones, lo cual se traduce en un promedio de más de ¢7.000 millones mensuales.

“Partiendo del supuesto que no se incrementa el incumplimiento tributario, este dinero debería impactar el flujo de caja por un plazo entre 2,5 meses y 14,5 meses, ya que las retenciones aplicadas en el mes de enero del 2020, por ejemplo, serían ingresadas por el contribuyente al liquidar y pagar el impuesto en marzo de 2021″, explicó Hernández.

“No se puede obviar el impacto que tendría esta disposición en la política fiscal. Hoy los datos muestran que de mayo del 2019 a mayo del 2020 la recaudación ha disminuido en 30%, y una medida como la propuesta vendría a complicar aún más la situación fiscal del país e incrementaría los riesgo de una mayor afectación en la estabilidad económica”, opinó Álvaro Sáenz, presidente de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep).

Ante esta inquietud, el diputado Muñoz enfatizó que no es una moratoria, ni que las empresas van a dejar de pagar el impuesto, sino que lo pagarían luego, como sucedía antes.

Otra desventaja es que se eximen de los adelantos de impuestos a todas las empresas por igual, sin diferenciar las que han tenido impacto por la pandemia de las que no, y tampoco se condiciona el beneficio con alguna medida, por ejemplo, para proteger el empleo.

Sobre este particular, Muñoz insitió en que Hacienda recibirá íntegros los recursos, pues no se trata de una moratoria, recordó que en el pasado el Ministerio ha excluido a algunos sectores, lo cual considera que son “parches” y que la aplicación debe ser pareja.

Los actuales diputados también aprobaron recientemente otra ley que permitirá a las empresas contar con un mayor flujo de efectivo cuando se realizan pagos con tarjeta.

Desde el 24 de marzo también está vigente la Ley N° 9831, Comisiones Máximas del Sistema de Tarjetas, la cual establece en su artículo 4 que el Banco Central determinará las comisiones máximas de intercambio que podrán cobrar los emisores.

Se consultó al Banco Central sobre el avance en la definición de dichas comisiones, pero todavía no se tiene respuesta. La Ley le da plazo hasta setiembre del 2020 al Banco para establecer las nuevas comisiones.

Entrevista:

Diputado Pedro Muñoz: ‘Esto no es una moratoria, el impuesto va a haber que pagarlo bajo las reglas generales'

El diputado del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Pedro Muñoz, insistió en que el proyecto de eliminar la retención de una parte del IVA y del impuesto sobre la renta en los pagos con tarjeta, no es una moratoria, sino que los contribuyentes pagarán el tributo íntegro, pero se eliminan los adelantos.

Si bien el plan le da flujo de caja a las empresas, resta ese mismo flujo de caja al Gobierno en la situación actual. ¿Cómo compensar?

– Ahorita estamos en una espiral, en un ciclo vicioso, que tenemos que parar. La única posibilidad que el Gobierno tiene, en el corto, mediano y largo plazo de reestablecer la situación, es que la economía vuelva a crecer.

“En el tanto la economía crezca habrá impuesto sobre la renta. Mientras que la economía no se levante, el déficit fiscal no lo vamos a recuperar, los acreedores nos van a seguir cobrando altísimas tasas de interés, mientras que la economía no se levante y no haya confianza”.

– ¿Cómo aliviar el flujo de caja a Hacienda? Tendría que acudir a deuda, excepto que baje el gasto.

– Hablemos de la retención del impuesto sobre la renta, usted le está reteniendo anticipadamente a las compañías renta cuando las compañías muy probablemente no vayan a tener renta, imagínese la clase de injusticia. Las compañías ahora si salen tablas les va a ir muy bien, y usted les está reteniendo el 2% bruto a compañías que no van a tener renta, las está ahogando.

Correspondería un crédito a futuro.

– A una compañía que puede que esté muerta. Lo que queremos es que la compañía no muera, que dé empleo, que tenga crecimiento y luego pague renta, sino la está matando antes de tiempo.

“En el caso del IVA, la apuesta mía es que sí, va a haber un problema de flujo de caja en el corto plazo, pero vamos a sostener esa compañía, esa compañía luego va a estar obligada a entregar, al final del mes, el IVA. No es que estamos exonerando a esa compañía del pago del IVA, lo que se está haciendo es exonerando de la retención en el momento del pago.”

– Cuando se hizo la moratoria (en el pago de tributos), una crítica fue que no se pidió ninguna condición (a las empresas), entonces se terminó beneficiando a empresas que les está yendo bien. En este caso, si se elimina el adelanto se elimina para todas. ¿Han pensado en alguna manera de beneficiar a sectores que realmente lo están necesitando?

– La moratoria fue un súper error, se lo dije al ministro de Hacienda, cuando vino aquí (a la Asamblea Legislativa).

“Insisto, esto no es una moratoria, el impuesto va a haber que pagarlo bajo las reglas generales, lo que no tiene sentido es que haya una excepción para las tarjetas de crédito cuando existen reglas generales.

En el pasado, el Ministerio de Hacienda ha excluido sectores de esta retención. Esto, de estar haciendo unos parches que en unos casos sí y en otros casos no, no tiene sentido, tiene que ser parejo.

– ¿Se ha pensado alguna condición? Que a la empresa se le permita no adelantar el pago pero a cambio de que sostenga la planilla, por ejemplo.

– En realidad yo no, la empresa va a tener que hacer el pago del IVA que le corresponda al final del mes, según las obligaciones corrientes.

– En el pasado, cuando se instauró esta medida, uno de los argumentos que se utilizó fue el de ayudar para el control de la evasión. ¿Se estaría destruyendo un arma para combatir la evasión?

– Cuando se habló de eso no había en Costa Rica factura electrónica, ni tampoco había IVA en bienes y servicios, casualmente hicimos el IVA a bienes y servicios para la trazabilidad.

– ¿Por qué el proyecto lo proponen permanente y no transitorio, mientras pasan los efectos de las medidas de restricción?

– Porque las retenciones en los pagos con tarjeta no deberían existir del todo, toda vez que la obligación de recaudar, declarar y pagar el IVA se mantiene, así como la obligación de pagar los adelantos de renta. Este proyecto no es una moratoria.