Finanzas

Plazo para cancelar impuesto a personas jurídicas vence el 31 de enero

Sociedades que paguen el tributo después de esa fecha enfrentarán multas. El monto de esta obligación lo calcula, en forma automática, la Dirección General de Tributación

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María Luisa Madrigal

María Luisa Madrigal

Periodista y Productora audiovisual. Trabaja en la sección de Economía y Política de El Financiero.

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