El proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, en discusión en la Asamblea Legislativa, crea una multa de ¢862.000 para las personas o empresas que ofrecen servicios y no acepten pagos electrónicos, como las tarjetas.
Ya la Ley para mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, vigente desde el 2016, obligaba a las personas que ofrecen servicios a aceptar estos medios de pago.
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Textualmente, el artículo 4 de dicha ley señala: “Todas las personas, físicas o jurídicas, con actividad lucrativa que presten sus servicios al público están obligadas a aceptar, como medio de pago alternativo, las tarjetas de crédito o débito, así como cualquier otro mecanismo electrónico o no, en donde exista una institución financiera que le garantice al comerciante la acreditación del dinero a su favor”.
Ahora, el proyecto en discusión en la Asamblea Legislativa, crea una multa mediante un artículo 85 bis de la sección sobre el impuesto al valor agregado.
“Constituye infracción administrativa negarse a aceptar como medio de pago alternativo las tarjetas de crédito o débito u otros mecanismos de pago, electrónicos o no, garantizados por una institución financiera, según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal (…). Esta infracción se sancionará con una multa equivalente a dos salarios base (…)”, indica la disposición propuesta.
El salario base de referencia en el proyecto es de ¢431.000.
Al obligar a las personas y comercios a aceptar tarjeta, la recaudación de impuestos obtiene varios beneficios: de una vez se retiene una parte del impuesto de ventas y de renta y, además, Tributación obtiene información de las ventas, que es importante para el cálculo del impuesto sobre la renta.
La directora general de Hacienda, Priscilla Piedra, explicó que la obligación que establece la Ley contra el Fraude, y que multa el proyecto, es para los servicios, como por ejemplo, los que ofrecen médicos, abogados, mecánicos, electricistas, entre otros, porque el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, del Ministerio de Economía, ya obliga a los comercios que venden bienes a aceptar tarjetas de crédito y débito.
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Ejemplo de oficio o comercio | Situación sobre aceptación o no de tarjeta |
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Médico | La Ley para Mejorar Lucha contra el Fraude Fiscal lo obliga a aceptar pagos electrónicos y el proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas establece una multa de dos salario base (en este caso el salario base es de ¢431.000). |
Mecánico automotriz | Si no está en Régimen Simplificado, la Ley para Mejorar Lucha contra el Fraude Fiscal lo obliga a aceptar pagos electrónicos y proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas establece una multa de dos salarios base (en este caso el salario base es de ¢431.000). |
Panadería | Si no está en el Régimen Simplificado debe aceptar tarjetas de crédito y débito, según Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito del Ministerio de Economía. La multa puede oscilar entre 10 y 40 salarios base, el salario base para este caso está en ¢267.000. |
Jardinero | Está en el Régimen Simplificado y no tiene obligación de aceptar tarjeta. |
En el caso de los servicios, explicó Piedra, lo que establece el artículo son medios de pago garantizados por una institución financiera, por lo que pueden ser tarjetas de crédito, débito o servicios como Sinpe Móvil, el cual permite transferir por medio del teléfono celular y las transferencias de menos de ¢ 100.000 son gratis.
Piedra detalló que quienes están en el Régimen Simplificado no están obligados a aceptar tarjetas, como por ejemplo, un jardinero.
Germán Morales, socio de Impuestos de Grant Thornton Costa Rica, detalló que el Régimen Simplificado es un régimen voluntario de contribuyentes cuyo monto de compras no puede ser mayor a ¢65 millones de colones anuales, no tienen más de cinco empleados y desarrollan la actividad como persona física.
¿Y las comisiones?
Andrés Castillo, presidente del Colegio de Médicos, explicó que están de acuerdo en contribuir con los impuestos y que las autoridades puedan aplicar las medidas adecuadas; no obstante, dejó planteada la duda sobre las comisiones que se pagan por las tarjetas.
“La única situación es: ¿hasta dónde se puede obligar a una persona a utilizar la tarjeta?, usted sabe, las tarjetas ganan una comisión y esa comisión, está obligando a esa persona que da un servicio a pagarle obligatoriamente un 6% a un banco o al emisor de la tarjeta, ¿es eso correcto? ¿es justo? ¿es constitucional? Son mis interrogantes”, manifestó Castillo.
“La aceptación de las tarjetas de crédito en los comercios responde a la necesidad que tienen ellos mismos, de generar ventas incrementales y no tener que asumir riesgos de crédito. Hoy en día la aceptación de tarjetas es universal y no aceptar representa una desventaja competitiva, pues el uso del efectivo es cada día más bajo”, comentó Omar Jiménez, gerente de Comercios Afiliados de Credomatic.
Añadió que la definición del costo de las comisiones y costos depende de múltiples factores y sería simplista hacer comparaciones entre mercados. Informó que la comisión promedio que se aplica actualmente en Costa Rica es inferior al 2,90%.
Dunia Zamora, fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, señaló que la multa que establece el proyecto de Fortalecimiento es una necesidad, pues al establecer una obligación hay que poner la sanción en caso de no cumplirla y ayuda a evitar temas de evasión. Sin embargo, estima que no se puede sancionar a quien no está en posibilidad de hacerlo, por ejemplo, un comerciante de un pueblo muy alejado.
“Hay un matrimonio virtuoso entre la formalidad de la economía y la fiscalidad (…) Entre más formal es más sencillo controlarla”, opinó Francisco Villalobos, socio de impuestos de Deloitte.
Este especialista añadió que si bien el comercio termina pagando la comisión por recibir tarjetas, también hay que considerar que al aceptar medios electrónicos las ventas suben.
Por su parte, Morales apuntó que el pago por medio de tarjetas y la bancarización son importantes para la economía, por temas de seguridad y del conocimiento sobre el origen de los capitales. No obstante, recordó que este sistema tiene un costo financiero por medio de las comisiones cobradas por las casas emisoras del instrumento de pago.
"En consecuencia, puede existir un sector de los contribuyentes, que prestan servicios, donde esta comisión sea muy representativa, y le genere una reducción importante en su utilidad”, aseveró Morales.