Conozca los nuevos tramos de renta para salarios, vigentes a partir de 1.° de octubre del 2019

Escalafones corresponden al periodo fiscal 2020 y estarán vigentes por un periodo de 15 meses, hasta diciembre del próximo año. Remuneraciones de hasta ¢840.000 estarán exentos del tributo

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Los salarios de hasta ¢840.000 mensuales estarán exentos del pago del impuesto sobre la renta a partir del 1.° de octubre del 2019, de acuerdo con una actualización de los tramos en los cuales se aplica el gravamen, publicada en la tarde de este jueves 26 de setiembre, por el Ministerio de Hacienda.

Estos tramos para pagar renta sobre salarios regirán desde el 1.° de octubre de este año al 31 de diciembre del 2020. Este periodo extraordinario de 15 meses se aplicará una sola vez por el ajuste del periodo fiscal que será del 1.° de enero al 31 de diciembre, en lugar del 1.° de octubre al 30 setiembre.

De acuerdo con un comunicado de Hacienda, los salarios sobre el exceso de los ¢840.000 mensuales y hasta ¢1.233.000 al mes se pagará un 10% de renta a partir del 1.° de octubre.

Además, sobre el exceso de ¢1.233.000 mensuales y hasta ¢2.163.000 el monto a pagar será del 15%.

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Hacienda añadió que un salario sobre el exceso de los ¢2.163.000 y hasta ¢4.325.000 deberá pagar 20% por este tributo, mientras que sobre el exceso de los ¢4.325.000 el monto a pagar será el 25%.

Los tramos de 20% y 25% están vigentes desde el 1.° de julio del 2019, según lo establecido en la Ley 9.635 Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y en el decreto 41799-H. *

La entidad recordó que el monto del 25% sobre sobre el exceso de ¢4.325.000 se cobrará por primera vez, en cumplimiento con lo establecido en la Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. La norma dice que se debe aplicar a partir del periodo del 2020.

Además, Hacienda recordó que cumple con la Ley de Impuesto sobre la Renta (No. 7092), la cual ordena realizar todos los años una actualización de los tractos o tramos para cobrar este gravamen a los salarios.

Se actualizan también los montos a deducir por manutención de hijos y cónyuges o por pensiones. De esa manera, por un hijo se establecieron ¢1.570 mensuales o ¢18.840 anuales. En el caso de la esposa esas cifras son de ¢2.360 mensuales y de ¢28.320 anuales.

(*) Nota: esta información se actualizó el 30 de setiembre con información del Ministerio de Hacienda, donde se aclaró que los nuevos tramos de renta, de 20% y 25%, rigen desde el 1.° de julio, y no desde 1.° de octubre del 2019, como originalmente se mencionó en el comunicado.