Conassif elimina a bancos potestad de exigir declaración de renta en trámites de crédito

Regulador del sistema financiero estableció este requisito en el 2016, pero cuatro años después lo anuló pues lo considera un exceso reglamentario debido a que no se respeta la confidencialidad del cliente

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Las empresas y personas ya no estarán obligadas a presentar su última declaración de renta para obtener un crédito en una entidad financiera.

El pasado 6 de mayo, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) acordó eliminar la presentación de dicho documento pese a que, en junio del 2016, lo estableció como requisitos indispensable en el análisis de la capacidad de pago del deudor.

La directriz está pendiente de ser publicada en La Gaceta.

Dicha decisión se fundamentó en que se consideró un exceso reglamentario y potestad ilegal, confirmaron por separado Alberto Dent, presidente del Conassif; y Bernardo Alfaro, jerarca de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).

Dent explicó que en la normativa se incluyó la potestad de que las entidades financieras pidieran la declaración de renta, pero por una interpretación incorrecta de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso No Autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.

Nos surgió una duda porque entendíamos que la declaración del impuesto de renta está protegida por ley e hicimos la consulta legal. Se determinó que hubo una interpretación incorrecta y que eso es ilegal“, recalcó Dent.

El jerarca enfatizó en que la declaración de renta es un proceso entre el contribuyente y Tributación, por lo cual no debe entregársele a un tercero.

“Se recibieron muchas quejas de clientes. Decidimos ponerlo en consulta a la Asesoría Legal del Consejo y la respuesta fue que hay una protección que no se puede tocar”, destacó el presidente de la autoridad reguladora.

La normativa establecía que todos los clientes con solicitudes de créditos superiores a los ¢65 millones estaban obligados a entregar su declaración de renta a la entidad financiera.

La medida causó, en el 2016, el choque entre la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) y la Sugef.

Bernardo Alfaro, jerarca de la Sugef, enfatizó en que en la práctica la presentación de la declaración de renta no agregaba ningún elemento de valor en la medición de la capacidad de pago de los deudores.

“Se consideró que las normas prudenciales que establecían la presentación de las declaraciones juradas del impuesto sobre la renta, constituían un exceso reglamentario al no respetarse la confidencialidad de la información tributaria de las personas físicas y jurídicas, la cual se encuentra establecida legalmente”, enfatizó el funcionario.

Alfaro señaló que ahora cada entidad determinará si considera prudente solicitar la declaración y debe discutirlo con el cliente; pero no puede imponerse dicha solicitud vía reglamentaria.

La inclusión de la medida fue parte de las recomendaciones dadas al país por parte del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Galafit).

Esta es una organización regional que combate el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.