Finanzas

Columna Clave Fiscal: ¿Cuándo cumplir con el hecho generador de las remesas al exterior?

La posición de Tributación, es que se ha de pagar al registrar la obligación aunque no se pague todavía.

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Una consulta frecuente que se hacen los contribuyentes es si ante pagos afectos al impuesto de renta a los no domiciliados o residentes, que conocemos como remesas al exterior, se debe pagar el tributo al momento de registrar en su contabilidad la obligación o al momento en que efectivamente se remese, esto cuando se remita efectivamente el pago al exterior.








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