Finanzas

Columna Clave Fiscal: Traspaso indirecto de inmuebles

Una norma faculta a la Administración Tributaria para gravar los traspasos de bienes inmuebles que no utilizan los negocios jurídicos tradicionales.

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El artículo 2 de la Ley del Impuesto sobre el Traspaso de Bienes Inmuebles señala lo siguiente: “Se entenderá por traspaso todo negocio jurídico por el cual se transfiera, directa o indirectamente, un inmueble, atendiendo a la naturaleza jurídica del negocio respectivo y no a la denominación que a este le hayan dado las partes. Por traspaso indirecto se entiende cualquier negocio jurídico que implique la transferencia del poder de control sobre una persona jurídica titular del inmueble”.








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