El Banco Central publicó en La Gaceta de este martes 4 de agosto el estudio técnico referente a la primera fijación ordinaria de comisiones del sistema de tarjetas de pago y la propuesta de Reglamento del Sistema de Tarjetas de Pago, el cual estará 10 días hábiles en consulta pública.
Se definen dos comisiones máximas: la de intercambio y la de adquirencia. Las comisiones que pagan los comercios a las entidades adquirentes que les suministran el datáfono, y toda la red para aceptar pagos con tarjeta, son las de adquirencia. Esta es la relevante para el comercio.
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Las entidades adquirentes pagan, a su vez, una comisión de intercambio a los emisores de las tarjetas que pasan por sus datáfonos.
Según la propuesta de reglamento, la comisión máxima de intercambio bajaría gradualmente de la siguiente forma: dos meses después de publicado en La Gaceta el Reglamento definitivo tendría un techo de 1,25%; el 1°. de julio del 2021 dicho techo pasaría a 1% y el 1°. de julio del 2022, al 0,75%.
La comisión de adquirencia, por su parte, bajaría así: dos meses después de publicado en La Gaceta el Reglamento definitivo sería de un máximo de 2,50%; el 1°. de julio del 2021 dicho máximo sería de 2,25% y el 1°. de julio del 2022 pasaría a 1,75%.
Dicho estudio y propuesta de reglamento se realizan en atención a lo dispuesto en la Ley Comisiones Máximas del Sistema de Tarjetas, Ley 9831, del 21 de marzo de 2020.
En esta ley se establece que el Banco Central deberá determinar las comisiones máximas de intercambio que podrán cobrar los emisores, así como las comisiones máximas de adquirencia y límites máximos a otras comisiones y cargos que establezcan los proveedores del servicio por el uso de los dispositivos de pago, para promover la eficiencia y seguridad del sistema de tarjetas y garantizar el menor costo posible para los afiliados.
Recibidas todas las consultas, el Banco Central efectuará los ajustes que correspondan y publicará las comisiones y regulaciones definitivas en el diario oficial La Gaceta.
Todo ese proceso será completado dentro del plazo de seis meses que establece la ley a partir de su publicación y que vencen el 24 de setiembre de 2020, indicó la entidad.
Efectos esperados
Alonso Elizondo, director ejecutivo de la Cámara de Comercio vio la propuesta de reglamento con buenos ojos.
“En general bastante bien, muy positivo, creo que lo que sale busca los criterios de eficiencia que hemos andando buscando, venimos de un adormecimiento del mercado de la adquirencia por más de 20 años producto de un conjunto de condiciones anómalas en el mercado y nos toca despertar muy duro”, dijo Elizondo.
Sobre efectos esperados dijo que podría traer beneficio al consumidor, a los comercios, también podría atraer nuevas empresas al mercado de la adquirencia, como las fintech (empresas que dan servicios financieros utilizando la tecnología) y un menor uso el efectivo, lo cual tiene un costo también para las entidades financieras.
El resumen del estudio técnico realizado por el Banco Central indica que existe evidencia mixta o contradictoria sobre el traspaso de las reducciones de las comisiones de intercambio a las comisiones de adquirencia, y de estas hacia el precio de los bienes y servicios finales al consumidor, así como sobre el logro de una mayor inclusión y profundización financiera como consecuencia de la regulación de las comisiones de intercambio, ya que para algunos autores no se ha podido demostrar que existe causalidad entre la regulación y ambos elementos.
“No obstante, el último estudio para la región europea muestra que los topes máximos de intercambio establecidos en 2015, no han afectado el avance de la inclusión financiera y profundización, a la vez que el traspaso de las reducciones de adquirencia hacia los precios finales se efectuó en el mediano a largo plazo, aprovechando inicialmente el afiliado esas reducciones para mejorar su capital de trabajo y generar empleo, un efecto muy deseado frente a la crisis sanitaria que vive el país”, señala el estudio.