Tributación inicia procesos sancionatorios para 40.000 incumplidores del ‘registro de accionistas’

Al 2 de junio del 2020, la autoridad tributaria ha notificado el inicio del procedimiento sancionador a 1.031 obligados

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La Dirección General de Tributación inició los procesos para sancionar a cerca de 40.000 sociedades que incumplieron con la presentación de la declaración del Registro de Transferencia y Beneficiarios Finales (RTBF).

“Al 2 de junio de 2020, se ha notificado el inicio del procedimiento sancionador a 1.031 obligados tributarios identificados como incumplidores con la presentación de la declaración del RTBF. La mayoría de estos está en fase de alegatos o autoliquidación de la sanción”, informó Priscilla Zamora, directora general de Tributación.

La jerarca añadió que además, a partir del 1° de mayo de 2020, el Registro Nacional no les extiende certificaciones de personería jurídica, ni les inscribe documentos.

El registro de transparencia y beneficiarios finales, conocido como registro de accionistas, fue creado mediante la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, la cual estableció que las personas jurídicas o estructuras jurídicas domiciliadas en Costa Rica, por medio de su representante legal, deberán proporcionar al Banco Central el registro o la indicación de los accionistas y beneficiarios finales que tengan una participación sustantiva.

Las sociedades que no completen el registro son multadas con el 2% de los ingresos brutos del periodo anterior, con un mínimo de tres salarios base y un máximo de 100. Actualmente, el salario base es ¢450.200, por lo tanto, la multa mínima es de ¢1.350.600 y la máxima de ¢45.020.000.

“Es importante señalar que, después de la fecha límite del 31 de marzo, procede la sanción. Ahora bien, si la declaración se presentó en abril, la sanción se reduce en 50%, si se presentó después del 1°. de mayo, la sanción será del 100%, tal y como dispone el artículo 84 Bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Por este motivo es que tenemos una actualización de la lista de omisos”, explicó Fabio Salas, socio de Impuestos y Legal de Deloitte.

Zamora detalló que el 1°. de abril del 2020, el Ministerio de Hacienda publicó una primera lista de incumplidores para efectos informativos, la cual contenía un total de 79.171 sociedades que no habían presentado la declaración. Luego de la publicación de esta lista y hasta el 15 de abril, se presentaron 31.654 declaraciones del RTBF.

Luego, el 16 de abril de 2020, se publicó un listado de 47.517 incumplidores, a quienes se apercibió para que presentaran su declaración en un plazo adicional de seis días hábiles. Producto de este apercibimiento y hasta el 24 de abril se presentaron 7.580 declaraciones.

Vencido el plazo adicional concedido a los obligados tributarios, el 25 de abril de 2020 se actualizó la lista con 39.937 incumplidores con el deber de suministrar la información.

La lista fue actualizada el 15 de mayo con el objetivo de excluir a 19 sociedades que habían presentado su declaración en plazo, pero que aparecían como incumplidoras porque habían modificado la información como producto del cambio de tipo de persona jurídica, explicó Zamora.

“Este listado de omisos no se ha actualizado luego de esa fecha, por lo que, si la persona jurídica presentó la declaración luego, puede efectuar la consulta en el sistema del Banco Central , el cual se actualiza en línea al momento de que el obligado subsana el incumplimiento de no haber presentado la declaración”, aclaró esta funcionaria.

Empresas que dan asesoría tributaria confirmaron que algunos de sus clientes fueron castigados con la multa máxima.

Por ejemplo, la firma Actualidad Tributaria envió un comunicado en el cual informó de que algunas sociedades han sido multadas hasta por 100 salarios base.

“En los últimos días hemos recibido el pedido de ayuda de decenas de clientes que han sido notificados como omisos de esta declaración y están siendo sancionados”, comentó Raymundo Volio, director de dicha firma.

“Una multa cuantiosa podría significar la vida o la muerte de una sociedad u organización en tiempos como estos”, añadió Volio.

Salas también manifestó tener conocimiento de varios procesos en los cuales la sanción alcanzó el tope de los 100 salarios base. De la misma manera lo indicó Germán Morales, socio de Impuestos de Grant Thornton Costa Rica.

Zamora informó de que todavía no tienen el dato de cuántas sociedades han pagado la multa porque el formulario de autoliquidación de la sanción se puso a disposición de los incumplidores hasta este 1°. de junio de 2020.

Añadió que la sanción puede ser autoliquidada por el incumplidor en cualquier momento del proceso sancionador, incluso antes de que la multa adquiera firmeza.

Nota del editor: Esta información fue modificada a las 5 p. m. con la cantidad de procesos sancionatorios iniciados, tras recibir respuestas de la Dirección General de Tributación.