Ya entró en vigencia el reglamento sobre la participación de entidades públicas y bancos estatales (incluidas subsidiarias) en la compra de bonos en el mercado de valores.
Esa normativa fue publicada en La Gaceta el miércoles pasado y modifica la Ley de reestructuración de la deuda pública.
La Ley prohíbe que entidades públicas -por ejemplo municipalidades, el Instituto Costarricense de Electricidad y el Instituto Nacional de Seguros- coloquen su dinero en fondos de inversión, y obliga a los bancos estatales a adquirir títulos del Gobierno (Ministerio de Hacienda y Banco Central).
La Contraloría General de la República solicitó al Ministerio de Hacienda que reglamentara la participación de los intermediarios financieros y entidades públicas en el mercado de valores.
Alcances. Según el reglamento, las instituciones adscritas a la Autoridad Presupuestaria y que deseen invertir en valores del Gobierno podrán hacerlo a través de compra directa, previa autorización de la Tesorería Nacional.
Los bancos estatales y el Popular podrán participar en el mercado de valores, siempre y cuando adquieran los títulos en forma directa -sin intermediarios-, mediante el mecanismo que defina la Tesorería Nacional. La adquisición de esos valores dependerá de la estructura financiera de cada intermediario.
De no existir un mecanismo de asignación directa, los bancos participarán en una subasta del mercado primario (aquel en que se emiten bonos por primera vez).
Se contará con la coordinación de la Bolsa Nacional de Valores (BNV), para conocerlos montos y precios asignados a los papeles adquiridos por cada intermediario.
José Rafael Brenes, gerente general de la BNV, dijo que el posible efecto negativo que se previó en un principio con la puesta en práctica de la medida fue disipado.
Añadió que con la medida se elimina la incertidumbre que existía en el mercado, debido a que los alcances de la Ley eran considerados contraproducentes para el desarrollo del sector bursátil.
Según Brenes, el reglamento mantiene la restricción para que las entidades destinen recursos a los fondos de inversión.
Para Melizandro Quirós, gerente general de Popular SAFI, el reglamento no aclara si los bancos pueden participar o no en esas carteras de ahorro.
Dijo que la norma amplió el procedimiento para que las entidades participen en la compra de títulos de Gobierno, pero no es explícita en relación con fondos de inversión.
Se intentó obtener la posición del Ministerio de Hacienda, pero al cierre de la presente edición aún no había una respuesta.