Los vendedores de casas y apartamentos quedarán obligados a colocar en un fideicomiso las primas pagadas por los clientes, así como a demostrar que construyen los desarrollos en terrenos propios, de acuerdo con un nuevo reglamento preparado por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).
La reglamentación para desarrollos inmobiliarios será independiente de la de otro tipo de ventas a plazo, lo cual supone otro cambio, pues hasta ahora era la misma para turismo, viviendas, contratos funerarios, entre otras.
La jerarca del MEIC, Victoria Hernández, explicó que, a partir de ahora, se prepararán reglamentos separados para cada una de las áreas de ventas a plazo, cuyo control está bajo responsabilidad de ese ministerio.
Según Hernández, con reglas específicas por sectores se ayudará a evitar situaciones como las que se han presentado en los últimos años, como son los casos de desarrolladores inmobiliarios que incumplieron contratos y luego se negaron a devolver sumas adelantas como primas por los clientes.
Datos suministrados por la Dirección de Apoyo al Consumidor del MEIC indican que en el 2017 recibieron 167 denuncias contra 45 empresas del sector inmobiliario. Hasta el 21 de noviembre de este año, la cifra de casos alcanzaba las 209, contra 43 empresas.
Xinia Arguedas, coordinadora de comercialización de la Fundación Promotora de Vivienda (Fuprovi), dijo que el texto del reglamento aún se debe consultar con actores o miembros del sector inmobiliario, por lo cual no podía opinar directamente sobre el texto.
Sin embargo, Arguedas comentó que una obligación para no utilizar las primas como capital de trabajo sería un problema para las empresas. Lo que se debe hacer, consideró, es elevar el control sobre el manejo de esos recursos desde el punto de vista de protección al consumidor, pero no eliminar su uso como capital de trabajo.
El primero de los reglamentos específicos que se pondrá en vigencia es para el sector inmobliario, el cual actualmente está en proceso de consulta con las partes interesadas, adelantó Hernández. Además, se tienen avanzadas las normas que regularán las ventas a plazo de turismo (hoteles y otros), el cual entraría en vigencia en el primer trimestre el 2019.
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La Cámara Costarricense de la Construcción (CCC) adujo que no ha visto un texto al respecto por parte de la actual administración. “Estamos a la espera del documento para poder aportar nuestro criterio en este proceso” dijo la organización en una respuesta por escrito a la consulta.
La CCC indicó que en una una nota de la ministra, fechada el 29 de octubre pasado, Hernández explicaba que el nuevo reglamento estaba en su etapa final y que, una vez terminado, se convocaría a la Cámara para su valoración.
Por su parte, Mónica Navarro del Valle, directora ejecutiva de la Asociación Consejo de Desarrollo Inmobiliario (CODI), apuntó que el tema se tocó en sesiones de trabajo con el MEIC pero que todavía no conocen la primera versión del reglamento. Por tal razón, prefirió no contestar preguntar relacionadas con el impacto que las medidas tendrían, entre ellas un posible freno a las empresas desarrolladoras.
“El CODI considera que la regulación vigente no cumple su objetivo de proteger las primas del consumidor y más bien da una falsa seguridad al mismo, ya que, al registrarse el desarrollador y el proyecto en el MEIC, se hace creer al consumidor que todo está bien y que puede invertir su dinero con seguridad, lo cual es erróneo. Véase que en muchos de los casos donde se ha alegado incumplimiento por parte del desarrollador, los proyectos han estado inscritos en el MEIC”, detalló Navarro.
“Al no conocer la nueva propuesta –continuó– no sabemos si ella se acercará a su cometido o se convertirá solamente en un trámite más para el desarrollador formal y responsable y un trampolín para los estafadores”, enfatizó.
Añadió que el Consejo trabajará en educación al consumidor, para que vigile ciertas condiciones y evitar problemas.
Control urgente
La ministra consideró que preocupa el uso de las primas, las cuales se utilizaban en muchas ocasiones como capital de trabajo, por lo que el reglamento obligará a tenerlas en un fideicomiso. De esa manera se refuerza el requisito de las empresas de tener solvencia financiera para desarrollar casas, edificios o condiminios, con sus propios recursos o con créditos.
Ese es un aspecto específico diferente al reglamento general que, hasta ahora, cobija los planes vacacionales, tiquetes aéreos, ingreso a espectáculos, planes funerarios y desarrollos inmobiliarios, las cinco grandes áreas de compras a plazo o servicios que se pueden conseguir en el mercado en la actualidad y que se disfrutan después, explicó Hernández.
También aseguró que la propuesta de reglamento se hizo en consulta con la Cámara de Desarrolladores Inmobiliarios, la CCC, y el sistema financiero nacional. Además, defendió que la decisión de que las primas no sean utilizadas como capital de trabajo no tiene el ánimo de frenar el desarrollo de las empresas en el país.
En el tema de la solvencia financiera y debido a que el MEIC no es un analista financiero, la idea del reglamento, dijo la ministra, es garantizar por medio de los bancos algunos elementos o indicadores en ese sentido. Los bancos generalmente otorgan créditos a los desarrolladores hasta que tengan un 20% vendido.
“La idea es normar, pero sin frenar la empresariedad”, enfatizó la jerarca.
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