Este año la mayoría de los 2.288.990 propietarios de automotores pagará menos por el impuesto a la propiedad de vehículos, informó la mañana de este lunes 6 de noviembre el Ministerio de Hacienda.
En la lista de valores que publicó el Ministerio Hacienda este 6 de noviembre en La Gaceta (decreto número 40721-H, mediante el cual actualiza el valor fiscal de los vehículos, aeronaves y embarcaciones con base en el cual se cobra el impuesto a la propiedad) se presenta una disminución general de -9.09 %, de acuerdo con el índice de valoración calculado de todos los valores de los automóviles.
Esto hace que los autos, en forma general, bajen tanto en su valor como en el impuesto a pagar. Las únicas unidades que podrían pagar más impuesto serán los inscritos este año.
Por ejemplo, para un auto cuyo valor fiscal es ¢11,5 millones el tributo baja, pero para otro con un valor fiscal de ¢10 millones inscrito en el 2018 el impuesto a pagar sube. VEA: tabla.
Según estimaciones del Ministerio de Hacienda, la puesta al cobro de este impuesto generará una recaudación aproximada de ¢130.000 millones.
En la fórmula utilizada para el cálculo del impuesto, establecida en la Ley 7088, del 11 de noviembre de 1987, intervienen tres factores: la reducción de un 10% del valor por depreciación legal del vehículo, el aumento del valor por efecto de la inflación acumulada en el último año, que en este caso es de 0,91% y el cambio en la carga tributaria aplicada a los automotores, que para este año es del 0%, debido a que durante el 2017 no corresponde realizar un estudio de mercado de valores de vehículos.
De acuerdo con los nuevos valores si un carro tiene un valor de ¢3 millones, la tasa del tributo es de 2% sobre ese valor. VEA: tabla con los nuevos tramos.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores y en la Ley de creación del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi), un 50% de los ingresos se destina a este Consejo para la atención de la red vial nacional, y el otro 50% se mantiene en el fondo general del Gobierno para atención de los diferentes programas presupuestarios, tales como educación, seguridad, vivienda y obras públicas.
Además, la ley que regula este impuesto contempla una actualización de los tramos sobre los cuales se paga.
La Ley también establece, desde 1988, un monto fijo de impuesto para las motos, taxis, buses y vehículos de carga pesada, que es de ¢8.000 para los tres últimos y oscila entre ¢700 y ¢15.000 para motocicletas, según su cilindrada.
“Los propietarios de vehículos deben recordar que este impuesto forma parte de los derechos de circulación que pone al cobro el Instituto Nacional de Seguros (INS), por lo tanto, el que este año el impuesto a la propiedad de vehículos resulte menor para muchos, no significa que el monto total del marchamo disminuya, porque este incluye otros componentes tales como el seguro obligatorio de automóviles, el timbre fauna silvestre y el aporte al consejo de seguridad vial”, recordó Carlos Vargas, director general de Tributación.
El período de pago sin multas, comprende desde el 1.° de diciembre hasta el 31 de diciembre de 2017. La mora en el pago será motivo para el retiro de la placa, y la persona deberá pagar una multa del 10% mensual, por cada mes de atraso, porcentaje que se aplicará sobre el monto del impuesto cobrado.
Con el objetivo de facilitar a la ciudadanía la solicitud de revisión del valor fiscal de su vehículo, el Ministerio de Hacienda, cuenta con el sistema “autogestión”, disponible en la página web: www.hacienda.go.cr, en la sección “servicios más utilizados”, dónde con solo digitar el número de placa, se podrá consultar el valor fiscal del vehículo y el impuesto a la propiedad (no el marchamo o derecho de circulación) y en caso preciso, desde este mismo sitio, solicitar la revisión del valor establecido. Inmediatamente que es recibida la solicitud, el caso se asigna a un perito, quien en un plazo prudencial dará respuesta al interesado por medio del correo electrónico anotado al registrar su caso.
Este servicio hace innecesario el traslado hasta las administraciones tributarias del propietario del vehículo, que desee solicitar la revisión del valor fiscal asignado.