Evite problemas con Aduanas: revise la lista de lo que puede traer en la maleta cuando viaja

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La Dirección General de Aduanas está realizando operativos sorpresa en el aeropuerto Juan Santamaría para detectar irregularidades en las declaraciones de mercancías.

En las últimas semanas, se retuvieron más de 4.800 kilogramos de mercancías, entre ellas ropa, joyería, zapatos, repuestos de vehículos, perfumes y cosméticos, que pretendían ser ingresados al país como "equipaje", sin pagar los impuestos respectivos.

¿Qué puede usted ingresar sin problemas al país y en qué cantidades?

El Ministerio de Hacienda establece una serie de condiciones para determinar lo que se puede o no considerar como parte del equipaje de los viajeros. Si los artículos no cumplen con dichas normas estos pueden ser decomisados o retenidos por el personal de Aduanas en los puestos fronterizos, puertos y aeropuertos.

Benito Coghi, director general de Aduanas, explicó que la ley establece que está permitido traer dentro del equipaje todos aquellos que se consideren artículos de uso personal y artículos básicos para el ejercicio de la profesión.

"¿Cuándo no se considera equipaje? Cuando encontramos viajeros que traen en su maleta cajas adicionales o ropa en cantidades que salen de lo usual, incluso en su paquetería original", añadió.

Coghi agregó que la legislación también permite la exoneración del pasaporte, que es una marca que se realiza cuando las personas traen mercancías cuyo monto no supera los $500. Esto se puede hacer una vez por semestre.

Todo lo demás debe declararse para pago de impuestos.

El funcionario explicó que si se superan esos montos, la mercadería se detiene y se pasa a un depósito fiscal para que siga los procedimientos aduaneros, que incluyen el pago de aranceles y desalmacenamiento.

Además, si son mercancías que requieren de permisos del Ministerio de Salud se deben tramitar las licencias respectivas, lo cual implica que el proceso se alargará.

La legislación también establece un monto máximo de $10.000 (o su equivalente en otra moneda) que se pueden ingresar en efectivo al país.

De acuerdo con la Guía Aduanera disponible en el sitio del Ministerio de Hacienda, el equipaje de viajero puede incluir lo siguiente:

-Prendas de vestir.

-Artículos de uso personal y otros artículos en cantidad proporcional a las condiciones del viajero, tales como joyas, bolsos de mano, artículos de higiene personal o de tocador.

-Medicamentos (cuando se trate de medicinas que requieran certificado médico para su adquisición, debe presentarse la prescripción medica). Alimentos, siempre que sean comercialmente procesados. Instrumentos, aparatos médicos, artículos desechables utilizados en cantidades acordes con las circunstancias y necesidades del viajero. Los instrumentos deben ser portátiles: silla de ruedas del viajero, si es minusválido. El coche y los juguetes de los niños que viajan.

-Artículos para el recreo o para deporte, tales como equipo de tensión muscular, máquinas para caminar y bicicleta (ambas estacionarias y portátiles); tablas de surf, bates de béisbol, bolsas, ropas, calzado y guantes de deporte, artículos protectores para béisbol, fútbol, baloncesto, tenis u otros.

-Un aparato de grabación de imagen, un aparato fotográfico, una cámara cinematográfica, un aparato de grabación y reproducción de sonido y sus accesorios (hasta seis rollos de película o cinta magnética para cada uno), un receptor de radiodifusión, un receptor de televisión, un gemelo prismático o anteojo de larga vista, todos portátiles.

-Una computadora personal, una máquina de escribir, una calculadora, todas portátiles.

-Herramientas, útiles e instrumentos manuales del oficio o profesión del viajero, siempre que no constituyan equipos completos para talleres, oficinas, laboratorios, u otros similares.

-Instrumentos musicales portátiles y sus accesorios;

-Libros, manuscritos, discos, cintas y soportes para grabar sonidos o grabaciones análogas.

-Grabados, fotografías y fotograbados no comerciales.

-Por cada viajero mayor de edad, se permiten 500 gramos de tabaco elaborado en cualquier presentación, cinco litros de vino, aguardiente o licor y hasta dos kilogramos de golosinas.

-Armas de caza y deportivas, 500 municiones, una tienda de campaña y demás equipo necesario para acampar, siempre que se demuestre que el viajero es turista. El ingreso de esas armas y municiones estará sujeto a las regulaciones nacionales sobre la materia.

Esta información fue publicada, originalmente, el 4 de noviembre de 2016 y actualizada el 22 de diciembre a las 10:50 a. m.