Cinco señales para identificar si sufre de acoso en cobros financieros

En lo que va de este 2019, la Oficina del Consumidor Financiero ha atendido 185 casos de malas prácticas ante los consumidores

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En caso de tener una deuda ante una entidad financiera ¿sabe cómo identificar que está ante prácticas de cobro catalogadas como acoso?

Según la Oficina del Consumidor Financiero (OCF), las personas tienen que estar atentas si son víctimas de estos hechos:

  • Llamadas constantes al deudor.
  • Mensajes acosadores e intimidantes para que el deudor pague.
  • Acoso por medio de mensajes de texto o correo.
  • Contactos al deudor por Whatsapp.
  • Contactos al deudor al lugar de trabajo, por medio de familiares o a medios de notificación que nunca dio.

Datos de esta Oficina revelan que en lo que va de este año, ya han atendido 185 casos de acoso en los procesos de cobro, de los cuales el 75% corresponde a entidades que no son reguladas, tales como bufetes, financieras y oficinas que se dedican a la recuperación de carteras de crédito.

Durante el 2018, el total de denuncias fueron 285.

“El derecho del acreedor de la cartera de crédito de realizar una efectiva gestión de cobro, no puede estar por encima del derecho a la intimidad y a otros derechos que tiene el consumidor tutelados a través de diversas normas, pronunciamientos e instancias”, explicó Danilo Montero, director ejecutivo de la Oficina del Consumidor Financiero.

Aunque no existe normativa que establezca claramente a partir de qué momento la gestión cobratoria de deudas sea catalogada como acosadora, lo recomendable es no realizar más de tres gestiones de cobro efectivas – que termine en una promesa de pago– en un mismo día, a deudores, codeudores y fiadores.

Así como un máximo de 10 gestiones a la semana, independientemente del canal que sea utilizado.

Recomendaciones

La Oficina señala que al existir una deuda, el consumidor no puede renunciar a cancelarla, y en caso de no tener la capacidad de hacerle frente a los pagos mensuales convenidos, lo correcto es acercarse a la entidad financiera para solicitar un arreglo de pago.

Sin embargo, ante los casos de gestión abusiva del cobro, el consumidor debe tener presente que únicamente lo pueden localizar por medio de las formas de contacto que indicó como sus medios de notificación.

“La persona que se ve perjudicada con este tipo de gestión, inicialmente puede solicitarle al cobrador del crédito que eliminen el número de teléfono, correo electrónico o medio de notificación que utilizaron para contactarlo sin haber sido autorizado para ese fin. Si la entidad no procede de conformidad, la persona afectada puede poner la denuncia ante la Agencia de Protección de Datos (Prodhab)", recomendó Montero.

El Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, establece la prohibición para que las gestiones de cobro se hagan por medio de familiares o conocidos del deudor, ya que únicamente lo pueden hacer directamente con el deudor, codeudor y fiadores.

Asimismo, está prohibido realizar la gestión de cobro en el lugar de trabajo del deudor.

Tome en cuenta que las entidades financieras pueden legalmente vender las carteras de crédito, o delegar la gestión cobratoria a terceros, como bufetes u oficinas dedicadas a esta tarea; no obstante, la entidad debe notificar dicha venta o cesión de forma previa a sus clientes.

Cuando el deudor cancela su deuda, se recomienda solicitar a la entidad financiera una carta de descargo, en la cual se certifique el cumplimiento del pago y que este documento sirva como respaldo ante eventuales cobros.

Los consumidores pueden presentar sus disconformidades ante la Oficina del Consumidor Financiero de forma directa en sus instalaciones ubicadas en Torres Paseo Colón o bien, por medio del sitio web www.ocf.fi.cr, al correo info@ocf.fi.cr y a los teléfonos 2221-6624 y 2221-6625.