Clave fiscal: Imprentas y factura electrónica

Las declaraciones de impuestos en papel ya no existen y hoy no las echamos de menos, pero en su momento hubo gente que planteó recursos legales contra el cambio

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Tuve la oportunidad de escuchar a Thimon de Jong, un analista y psicólogo social en una conferencia sobre la respuesta humana al cambio tecnológico. En su exposición explicó que impera la desconfianza muy especialmente si implica una amenaza a nuestra forma de vida. Recordó por, ejemplo, que hoy nadie teme subirse a un elevador. Pero en sus inicios, la gente no los usaba y luego, solo con ascensorista.

El abogado de los Ford, aseguró que el motor de combustión no suplantaría nunca al carro tirado por caballos, y una empresa líder en cámaras fotográficas, sucumbió ante la fotografía digital.

Las declaraciones de impuestos en papel ya no existen y hoy no las echamos de menos, pero en su momento hubo gente que planteó recursos legales contra el cambio. Hoy, un nuevo caso: las imprentas ante la factura electrónica. En una consulta reciente del gremio, la Dirección General de Tributación (922-2018 ) se refiere a ello. El gremio alerta sobre la afectación a su industria: “disminución de la cantidad de trabajo que ronda el 90%, lo cual incide negativamente en las inversiones que han efectuado, tanto en equipo, como en recurso humano, 7.000 empleados corren el riesgo de perder su empleo, entre los cuales existen personas que se encuentran enfermas o superan los 45 años, a quienes resultaría difícil conseguir trabajo.”

Solicitan “que se lleven a cabo las reformas legales pertinentes para que se dé a sus agremiados el lugar que corresponda y se desarrolle una plataforma para sus asociados con base en “(…) la millonaria inversión de equipo que se va a ver descontinuada (…)”.

Este oficio, confirma lo expuesto, y nos recuerda la imperiosa necesidad de estar siempre muy atentos a las tendencias y a los desarrollos tecnológicos que puedan afectar nuestros trabajos, nuestros emprendimientos, nuestras vidas.

La Dirección de Tributación respondió que “es factible que las imprentas presten los servicios de la facturación electrónica, pero sin ningún tipo de exclusividad y en igual de condiciones que cualquier otro oferente privado del servicio mencionado. Y que es ilegal y, en todo caso, desproporcionado, que se cobre a los prestatarios del servicio de facturación electrónica un 30% o más por las colocaciones -ventas- que realicen por concepto de indemnización por la afectación que sufre el gremio”.