Los magistrados de la Sala IV revisarán si la denominada ‘ley de usura’ transgrede la Constitución Política, al no permitir a las entidades financieras efectuar rebajos crediticios a sus clientes cuando afecten el salario mínimo de ¢199.760.
El Tribunal acogió para estudio, este 9 de setiembre, la acción de inconstitucionalidad presentada por el Banco Popular contra la reforma legal.
El cuestionamiento de la entidad financiera es que, de la forma en que está redactado el artículo 44 ter de la nueva legislación, se impide a los bancos otorgar préstamos si con el cobro se deja al deudor con un monto por debajo del sueldo mínimo.
El banco público también objeta la sanción, de hasta el 2% del patrimonio, para la entidad financiera que no cumpla con la reforma a Ley 7472 (Promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor), aprobada en el Congreso el pasado 9 de junio.
La Sala IV informó de que las normas establecidas en la “ley de usura” continuarán vigentes, pues acoger la petición del Banco Popular no suspende la eficacia y la aplicación en general de dicha norma.
“En los casos de acción directa (como ocurre en la presente acción), no opera el efecto suspensivo de la interposición”, se detalla en la resolución del Tribunal Constitucional.
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Marvin Rodríguez, gerente general del Popular, enfatizó que la ley impide a la entidad realizar arreglos de pagos a los clientes que tengan un salario líquido inferior a los casi ¢200.000.
“Creemos que es necesario, como responsabilidad con nuestros clientes, porque queremos ayudarles y darles periodos de gracia tanto de principal e intereses, o readecuarles sus cuotas; pero no lo podemos hacer”, enfatizó el jerarca bancario.
Rodríguez destacó que también solicitaron en el Congreso una reforma a la ley norma para eliminar el artículo cuestionado.
Según la institución pública, la reforma legal genera la exclusión financiera de casi 30.000 de sus clientes, pues brindarles un crédito o un arreglo de pago implicaría dejarlos al mes por debajo del salario mínimo de ¢199.760.
La reforma legal también implicó una serie de cambios en los cobros automáticos de deudas.
Por ejemplo, a partir de la primera quincena de setiembre del 2020, la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda dejará de aplicar deducciones vía planilla a los salarios de funcionarios públicos menores al salario mínimo.
Además, las entidades financieras elevaron los requisitos para dar préstamos y ajustarse a la reciente reforma legal y evitarse una sanción, en caso de afectar el ingreso mínimo de un cliente.
La denominada “ley de usura“ que rige desde el pasado 20 de junio, también restableció un tope a las tasas de interés.
El Banco Central definió, a inicio de julio pasado, para todo tipo de créditos (salvo microcréditos) las tasas máximas en 37,69%, en colones, y 30,36%, en dólares. Para microcréditos, las estableció en 53,18% y 42,99%, respectivamente. Para créditos en otras monedas será 7,44%.
A raíz de este ajuste, BAC Credomatic, uno de los emisores más grandes de tarjetas en el país, suprimirá 187.526 tarjetas de crédito a 79.789 clientes, cuyas operaciones se vuelven deficitarias para la empresa.
Mientras que Banco Promerica también confirmó que valoran la permanencia de 30.000 clientes. Scotiabank, por su parte, cerró 20.000 tarjetas de crédito a sus clientes para cumplir con la nueva norma.