Procuraduría denuncia 10 excesos con fondos públicos en convención del Banco Popular

Entidad pidió a Sala IV eliminar beneficios, como aporte patronal de 6,33% al salario escolar, cesantía de 20 años, anualidad hasta de 5%, créditos blandos y diversas subvenciones

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La Procuraduría General de la República (PGR) solicitó a los magistrados de la Sala IV eliminar una decena de beneficios otorgados en la convención colectiva a los trabajadores del Banco Popular.

La entidad concluyó que el acuerdo incorpora una serie de cláusulas “desproporcionadas e irrazonables” las cuales provocan un inadecuado uso de fondos públicos.

Entre los artículos considerados excesivos están el aporte patronal del 6,33% al salario escolar de los empleados, cesantía de 20 años, anualidad hasta del 5%, acceso a créditos del Banco en condiciones preferenciales y subvenciones a la póliza de vida, en caso de matrimonio y fallecimiento de familiares.

La PGR solicitó a la Sala declarar inconstitucionales estos privilegios otorgados en el pacto laboral, pues carecen de una justificación.

“La gestión de fondos públicos debe sujetarse a los principios de moralidad, legalidad, austeridad y razonabilidad en el gasto público, lo que impone una prohibición de derrochar o administrar tales recursos como si se tratase de fondos privados, pues no existe discrecionalidad total”, argumentó Julio Jurado, procurador general, en la acción presentada este 10 de diciembre, a la Sala IV.

Jurado pidió a los magistrados anular 10 artículos de la convención colectiva, renegociada el año pasado, con el Sindicato de Trabajadores del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Sibanpo).

Asimismo, gestiona anular en su totalidad el Reglamento de Crédito para Empleados y Empleadas del Banco Popular, aprobado en junio del 2009, por la Junta Directiva de la entidad bancaria.

Mediante la Oficina de Comunicación Corporativa, el Banco informó de que en el texto vigente de la convención podrían existir aspectos que merecen una revisión.

El objetivo del análisis del acuerdo laboral es evitar malas interpretaciones y priorizar el adecuado resguardo de los fondos públicos, razón por la cual la Institución acompañará la gestión de la Procuraduría, argumentó la entidad.

Según la institución bancaria, respetará y acatará la disposición final de los magistrados constitucionales.

La convención de la entidad bancaria tuvo un costo de ¢18.588 millones el año pasado, según la liquidación presupuestaria presentada por la institución a la Contraloría General de la República.

Los beneficios para los empleados de la entidad pública se financian mediante el cobro de comisiones, tasas de interés de los créditos y venta de servicios a los clientes.

Las condiciones pactadas en el acuerdo colectivo cubren a casi 3.900 empleados de la entidad bancaria.

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Beneficios impugnados

Uno de los cuestionamientos de la Procuraduría es sobre el aporte que hace el Banco al salario escolar de los trabajadores.

En todo el sector público se retiene cada mes el equivalente del 8,33% del sueldo del trabajador y el dinero se entrega en enero.

Sin embargo, en el Popular, el artículo 46 de la convención permite que dicho porcentaje se divida entre el trabajador y el patrono.

De esta forma, al empleado se le descuenta 2% y el Banco contribuye con el 6,33%.

“Si el salario escolar deja de ser un ahorro del trabajador, y se paga –en su mayoría– con fondos públicos, se desnaturaliza la figura, y pasa a ser una simple regalía a cargo del patrono, regalía que no implica contraprestación alguna a cargo del trabajador”, argumentó la Procuraduría.

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El órgano consultivo concluye que no es admisible que el Banco asuma dicho pago, pues quien debe efectuar el aporte total es el trabajador.

Sobre las condiciones de crédito especiales, se impugna que las operaciones del personal no devengan comisiones y están exoneradas de gastos legales y avalúos.

Asimismo, establece tasas de interés, plazos y montos máximos preferenciales, previene.

La Procuraduría resalta que la Sala IV ha reconocido algunos incentivos como constitucionales; pero dejan de ser válidos cuando se entregan sin justificación.

“El reconocimiento de condiciones especiales de crédito a favor de los empleados del Banco Popular genera una desigualdad con respecto al resto de trabajadores del país”, señaló Jurado a los magistrados.

Además, añadió que el Banco Popular es de todos los trabajadores de Costa Rica y no de los empleados de la entidad financiera.

“Acordar un trato diferenciado en las condiciones de crédito por el solo hecho de ser trabajador del Banco Popular, sin que medie alguna justificación objetiva y razonable, resulta discriminatorio”, resaltó el Procurador General.

En el caso del reconocimiento de la anualidad se cuestiona que se otorguen los aumentos automáticos, de entre 2% y 5%, solo por el simple hecho de estar en el Banco, y se viola los principios constitucionales de razonabilidad, proporcionalidad y equilibrio presupuestario.

Para la PGR el reconocimiento de este plus salarial: “debe necesariamente estar relacionado con el rendimiento del servidor”.

De hecho, el reconocimiento de la antigüedad es el gasto más oneroso en la convención. El año pasado se pagaron por este rubro ¢7.743 millones; es decir, el 40% del egreso fundamentado en la convención, según la liquidación presupuestaria del Banco Popular.

Sobre el beneficio de cesantía, la PGR objeta, primero, que es superior a los 12 años establecido como tope por la Sala IV.

Asimismo, porque se otorga en caso de renuncia o despido sin responsabilidad patronal, situación que los magistrados ya declararon inconstitucional en la convención colectiva de Bancrédito.

En el caso de las subvenciones por la póliza de vida de los empleados del Banco, así como los incentivos por matrimonio y fallecimiento de familiares, la PGR considera que usar recursos públicos para dichos fines no es razonable.