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Reducción de jornadas laborales

BDS Asesores insta a diputados y diputadas a reformar la Ley 9832, con el fin de que la medida de reducción de jornada laboral pueda ser autorizada mientras el país se mantenga en declaratoria de emergencia nacional y no solo durante 9 meses

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Respecto a la aplicación de la Ley 9832 - Reducción de jornadas de trabajo ante la declaratoria de emergencia nacional-, el día de hoy, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ante una consulta efectuada por BDS Asesores, externó su posición en cuanto a la imposibilidad de autorizar a un patrono, la reducción temporal de jornadas laborales a sus trabajadores, más allá del tiempo que comprenda lo autorizado en la solicitud inicial y las dos prórrogas permitidas por el artículo 5 de dicho cuerpo normativo (hasta tres meses cada una), incluso cuando el estado de emergencia nacional se mantenga y el empleador siga cumpliendo con los requisitos que establece la normativa.








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