El Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago anuló en forma parcial la condena en el caso del atropello que sufrió el exprecandidato de Liberación Nacional Antonio Álvarez Desanti cuando viajaba en bicicleta.
En el fallo, del cual solo se comunicó el por tanto, se anula la fundamentación de la pena y de la acción civil resarcitoria y se ordena que un nuevo juzgador se pronuncie sobre esos dos aspectos.
Así lo comunicó ayer la oficina de prensa de la Corte Suprema de Justicia, que informó de que la resolución la adoptaron los jueces Rosibel López, Rafael Segura y Rafael Gullock.
En este caso, el Tribunal de Juicio de Cartago había condenado al chofer de un tráiler, Ricardo Murillo Meléndez, a seis meses de prisión por el delito de lesiones culposas, tras atropellar a Álvarez, quien viajaba en una bicicleta. El accidente ocurrió el 9 de diciembre del 2009 en la autopista Florencio del Castillo, que une Cartago con Curridabat.
A Murillo se le suspendió la licencia para manejar tráiler durante un año y se le sentenció, solidariamente, junto con la empresa GASH, dueña del camión, a pagar ¢10 millones por el daño moral causado a Álvarez. Además, debía sufragar el monto que establezca un tribunal civil por la incapacidad de cuatro meses y la pérdida del 30% de movilidad que sufrió el político.
Reacciones. Antonio Álvarez calificó la resolución como una buena noticia. Agregó que, sin conocer el argumento de los jueces, “se está reafirmando por el Tribunal superior que hay una responsabilidad penal del conductor del tráiler y ahora lo que tendrá que hacerse es establecer la nueva pena”.
Sobre la acción civil, dijo: “Nunca ha sido el interés el tema material que ha sido donado al Centro Nacional de Rehabilitación, pero vamos a esperar si nos satisface”.
En tanto, el bufete Júrisis, que representó a Murillo y la empresa GASH, dijo en un comunicado: “La sentencia es la esperada consecuencia de un debate caracterizado por la postura asimétrica del juzgador, su inclinación reiterada a favor de las excesivas gestiones del querellante y su falta de visibilidad hacia el escritorio del imputado y sus defensores”.
Asimismo, el bufete comunicó que los puntos que se alegaron en la apelación fueron debidamente acogidos por el Tribunal, que ordenó el reenvío para discutir y fijar la pena y una eventual indemnización.