La Sala Constitucional ordenó al Instituto de Desarrollo Rural (Inder) publicar en la red Internet todas las actas de la Junta Directiva a más tardar dentro de 18 meses.
Los magistrados adoptaron la decisión por unanimidad, al resolver un recurso de amparo que presentó una abogada, quien argumentó que tuvo problemas para que el Inder le informara de acuerdos que le interesan.
En la sentencia, los jueces resaltaron que las actas son de interés público pues “en ellas se trata el manejo de fondos públicos y, en virtud del principio de transparencia administrativa, cuyo respeto coadyuva de manera innegable a otorgar legitimidad a la gestión estatal al permitir control ciudadano”.
El alegato fue presentado por Marielos Arias Chacón, de 63 años, quien calificó como muy acertada la decisión de la Sala pues dijo que tiene mucho interés en conocer qué pasó con unas fincas que eran de bosque y pertenecían a la entidad.
Mientras tanto, Emilia Mora Gamboa, vocera de prensa del Inder, comunicó que no se referirían al tema por el momento debido a que la Sala Constitucional no había notificado el fallo completo.
Secreto. En la resolución de la Sala IV (voto 13.878, del pasado 18 de octubre), de la cual La Nación tiene copia, se afirma que el Inder se opuso a subir las actas de la Junta Directiva a Internet por estimar que los documentos contienen información sensible.
Víctor Julio Carvajal Garro, presidente ejecutivo del Inder, admitió, en una nota que envió a la Sala Constitucional, que las “actas de la Junta Directiva son documentos públicos y por tanto de acceso público”.
Sin embargo, alegó que en las actas “existe información derivada del derecho a la intimidad, secretos de Estado, confidencialidad de los documentos privados, protección de datos sensibles y datos restringidos, y que, por tanto, deben ser protegidos por la Administración”.
Para el presidente del Inder, poner en línea las actas podría significar vulnerar el derecho a la intimidad de terceros.
Los magistrados no aceptaron el criterio esgrimido por el jerarca del Inder pues consideraron que los ciudadanos tienen derecho a conocer la decisión y mantener control de la entidad.
Empero, al mismo tiempo ordenaron al Inder que, previo a la publicación en Internet de las actas, se debe eliminar la información personal, como lo establece la Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales.