Un proyecto pretende limpiar los antecedentes judiciales en la hoja de delincuencia ya no en diez años, como se hace actualmente, sino en plazos más reducidos, según la cuantía de la pena.
El expediente legislativo N.° 18.650 pretende reformar el artículo 11 de la Ley del Registro y Archivos Judiciales con el cual se establece que los asientos de los convictos se cancelan cuando transcurrieren 10 años a partir del momento en que se cumple la condena.
La Ley establece que aquellas condenatorias que queden en firme se guardan en un registro del Poder Judicial, que aparecen en la hoja de delincuencia.
Hermez González, director de la Fundación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, explicó que el plan pretende borrar ese historial a los tres años cuando la condena que se cumplió sea igual o menor a cinco años, o eliminarlo a los cinco años cuando la pena sea superior a cinco años.
La iniciativa también busca que a aquellas personas que han sido declaradas culpables, pero que los tribunales les otorgaron el beneficio de la ejecución condicional, no se les manche la hoja de delincuencia.
El texto fue presentado a la Asamblea Legislativa el 29 de noviembre del 2012 y lo acogió el diputado del Partido Liberación Nacional (PLN) Óscar Alfaro, quien afirmó: “La Fundación me buscó para presentarme el proyecto al considerar que se vulneran los derechos humanos en el sentido de que por algún delito las personas quedan estigmatizadas para efectos laborales”.
Luis Fallas, defensor adjunto de los habitantes, apoyó la idea de bajar el tiempo en que los antecedentes judiciales se mantienen en la hoja de delincuencia.
“El plazo de 10 años para la cancelación de antecedentes penales implica una prolongación de la sanción, una criminalización de los individuos y el fomento de la indigencia o bien la delincuencia, que son las opciones con que contará los individuos una vez egresados del sistema penitenciario”, dijo.
Fallas recalcó que muchos exconvictos deben revivir la condena que cumplieron cada vez que realizan una gestión en la cual deben aportar la hoja de delincuencia como parte de los requisitos, por ejemplo, al pedir trabajo, por lo que la iniciativa facilita la reinserción de esas personas a la sociedad.
Pese a que se consultó al Ministerio de Justicia, para conocer su posición, al cierre de edición, no se obtuvieron declaraciones.
Beneficio. En la exposición de motivos del proyecto se señala que en casi todo trámite para obtener un trabajo, graduarse en una universidad, incorporarse a un colegio profesional, suscribir una póliza, pedir un pasaporte, visa, pensión, préstamo, ayuda estatal y, en ocasiones, hasta para arrendar una casa se solicita una certificación de juzgamientos.
Según el plan, esa situación genera notorias discriminaciones y convierte el hecho en una especie de doble condena.
Pese a ello, un informe del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa hizo una observación al proyecto al señalar que cuando una persona incurre en hechos delictivos de manera reiterada, dentro de periodos más cortos, por ejemplo de cinco años y un día, los tribunales no lo podrán calificar como un delincuente reincidente, habitual o profesional porque ya no se contaría con el antecedente judicial.
Gerald Campos, subdirector del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), señaló que desconoce la iniciativa de ley, pero explicó que eventualmente no afectará la labor de investigación, pues ellos utilizan los antecedentes policiales y no los judiciales.
Convocatoria. El proyecto para modificar el artículo 11 de la Ley del Registro y Archivos Judiciales se encuentra en la Comisión de Derechos Humanos del Congreso, no ha sido convocado para su discusión en el Plenario.
El diputado Óscar Alfaro señaló que espera que el plan, por lo menos, sea discutido dentro de las sesiones extraordinarias de esta legislatura.
Así también lo manifestó Hermez González, quien además pidió a los privados de libertad y a sus familiares enviar cartas al Ministerio de la Presidencia para que incluyan el proyecto en la agenda.