El fiscal general, Jorge Chavarría Guzmán, se opone a las pruebas de saliva que pretende implementar el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) con el objeto de medir el nivel de alcohol en los conductores borrachos.
Ante una consulta de La Nación , el jerarca del Ministerio Público consideró como una “inversión absolutamente innecesaria” la compra de los dispositivos para usarlos como prueba confirmatoria, después de aplicar la de aliento.
El MOPT anunció, en abril, la adquisición de 4.000 analizadores de saliva por ¢14 millones, para reemplazar las pruebas de sangre que permiten verificar el grado de alcohol en los choferes que dieron positivo en los alcohosensores de aire expirado.
“La prueba de aliento puede ser de interés para el policía solo para tomar la decisión de si lleva al conductor al hospital a hacerle la prueba de sangre.
”¿Para qué de saliva?, ¿qué sentido tiene una prueba confirmatoria en el ámbitol administrativo para el conductor? Cualquier conductor se va a oponer a dos pruebas. Desde la perspectiva judicial, la que interesa es la de sangre”, expresó Chavarría.
Sanciones. La ley de tránsito castiga con una multa de ¢306.448 a quien conduzca con una concentración de alcohol superior a 0,50 gramos por litro de sangre hasta 0,75 g; o superior a 0,25 miligramos y hasta 0,38 mg en aire expirado.
Sin embargo, si supera esos niveles, el chofer no es multado, sino que es trasladado a la Fiscalía para que enfrente una causa penal por el delito de conducción temeraria, castigado con pena de prisión y la inhabilitación para conducir vehículos.
De ahí la importancia del resultado de la alcoholemia, pues le permite al oficial de Tránsito decidir si se realiza la multa administrativa o se abre el proceso penal, según el resultado.
La ley de tránsito establece que la prueba de aliento o de sangre sirve, únicamente, para determinar si hay licor, drogas ilícitas o sustancias psicoactivas no autorizadas en la sangre.
Por otro lado, señala que para detectar esas últimas sustancias psicoactivas (drogas de origen natural o sintético), también se podrá analizar la saliva u orina.
Contraste. La primera prueba que se practique tiene carácter de indiciaria y, de dar positiva, el conductor tiene derecho a solicitar al policía de tránsito otro análisis de contraste, para confirmar o descartar el resultado.
En este caso, la segunda prueba deberá ser de sangre, orina u otros, distinta de la primera que se efectuó originalmente.
Para el fiscal Jorge Chavarría, la ley de tránsito no autoriza aplicar pruebas de saliva para establecer si hay licor, como análisis de contraste, como lo pretende realizar el MOPT y, según su criterio, los análisis de sangre los deberían de hacer los laboratorios forenses y no las clínicas u hospitales públicos ni privados.
“Estamos haciendo la consulta al Laboratorio de Ciencias Forenses para que nos indique sobre la validez científica de la prueba de saliva como medio de contraste, el margen de error y si da falsos positivos.
”Sería mi interés, como ciudadano, que si el alcohosensor da falsos positivos, me hagan la prueba de sangre porque esta sí es definitiva”, explicó Jorge Chavarría Guzmán.
Sin embargo, el viceministro de Transportes, Sebastián Urbina, afirma que según informes jurídicos del MOPT y del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), la saliva sí es viable como medio de contraste.
Incumplimiento Desde abril del 2014, el Ministerio debió haber creado sus laboratorios móviles, tal y como lo dispuso la ley de tránsito en el transitorio X, para la toma de muestras y pruebas de contraste, pero no realizó la inversión de aproximadamente ¢840 millones.
Ante la falta de laboratorios móviles, los estudios de sangre se llevan a cabo en centros médicos de la CCSS, según un convenio que venció el 6 de mayo, pero fue prorrogado.
Urbina señaló que apostaron por las pruebas de saliva al ser una alternativa económica.
La última licitación se declaró desierta por supuestos errores en el cartel , pero hay un dictamen negativo de la Policía de Tránsito porque el dispositivo de saliva no serviría como prueba ante un tribunal, pues el resultado no dura más de 10 minutos en el aparato.
No obstante, Urbina manifestó que con la fe pública del policía de Tránsito basta para presentar el resultado ante un juez, sin que quede en el aparato. Por otro lado, dijo que están corrigiendo el cartel para sacarlo a concurso.