Las personas vinculadas con delitos violentos no podrán portar armas de fuego, decidió la Sala IV al resolver una acción de inconstitucionalidad.
Los magistrados avalaron una orden del Ministerio de Seguridad girada en enero del 2012, según la cual las personas que tengan antecedentes penales o policiales por violencia doméstica, narcotráfico, delitos contra la propiedad o delitos contra la vida no podrían adquirir el permiso de portación de armas.
La directriz también permite que se revoquen los permisos que ya fueron otorgados a sospechosos de esas faltas.
La acción contra esa norma fue interpuesta por un ciudadano de apellido Rivera.
El ciudadano alegó que, al negarse el permiso a quienes tengan antecedentes policiales, se violentaba el principio de inocencia.
“(El accionante) estima que la frase ‘policiales’ violenta el principio de inocencia, al condenar de manera anticipada a todos aquellos ciudadanos que por diversas circunstancias sean investigados en un proceso penal”, según se detalló en el fallo de la Sala Constitucional.
Rivera argumentó que el Ministerio de Seguridad debería esperar que exista un fallo judicial.
No obstante, la Sala IV resaltó que “no existe un derecho de rango constitucional a la portación y tenencia de armas de fuego, sino un derecho meramente legal que es susceptible de ser regulado por el Estado”.
Los magistrados indicaron que, en aras de salvaguardar la paz, “el Estado se encuentra facultado para emitir una regulación sobre la inscripción y permiso de estos dispositivos.
”En definitiva, es constitucionalmente válido e incluso deseable que el Estado tenga un estricto control acerca del tipo y cantidad de armas en manos de la sociedad civil”, estimó el alto tribunal.
Bien recibido. El fallo de la Sala IV fue recibido con satisfacción por parte del ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora.
En un comunicado de prensa, el jerarca defendió la necesidad de ejercer controles en la tenencia de armas para resguardar la seguridad de los costarricenses.
“(Zamora) recordó que gracias a diversos esfuerzos policiales la tasa de homicidios ha disminuido en el país desde el 2012”, indicó la oficina de prensa de el Ministerio de Seguridad.
Previo a la directriz de Seguridad, las personas inhibidas para portar armas eran los presos, los menores de edad, quienes tuvieran algún impedimento físico o mental y quienes hubieran cometido un delito con arma y existiera una resolución de autoridad competente que los inhabilitara.