En abril del año pasado, un profesor de inglés de Ciudad Cortés, en Osa de Puntarenas, fue denunciado por mantener relaciones sexuales consentidas con una menor, de 15 años de edad.
La adolescente recibía clases en el mismo centro educativo en el que él laboraba, y, según la denuncia, sostenían un vínculo sentimental desde un año atrás.
Aunque las relaciones sexuales con menores de entre 13 y 15 años de edad son penadas por la legislación costarricense, cada vez son más comunes.
En el 2011 las denuncias por ese tipo de delito alcanzaron la cifra récord de los últimos 11 años, pues se tramitaron 795 causas, según datos suministrados ayer por el Poder Judicial.
Mientras, durante el 2010 se recibieron 568 acusaciones. En ese año, también se condenó a 21 personas que cometieron esa falta.
Rodolfo Meneses, abogado del Centro de Orientación e Información, del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), señaló ayer que muchas veces las personas avalan ese tipo de vínculos porque ignoran que son delitos.
“A veces, ciertas conductas de los adolescentes se deben a la ignorancia o nivel sociocultural de sus padres. Si vemos, por ejemplo, en comunidades indígenas, sus habitantes no ven tan mal que una menor tenga una relación con un adulto, pero aquí, en San José, quizá sí se vería extraño”, explicó Meneses.
El experto recalcó que, aunque exista anuencia por parte del adolescente, se trata de relaciones improcedentes. “Aun en el caso de que el menor se vaya a vivir con esa persona, (la relación) es ilegal y es sancionada”, manifestó.
Delito. El artículo 159 del Código Penal expresa que será sancionado con una pena de dos a seis años de cárcel “quien, aprovechándose de la edad, se haga acceder o tenga acceso carnal con una persona de uno u otro sexo, mayor de trece años”. La falta puede ser cometida tanto por mayores como por otros menores de edad.
Meneses explicó que, cuando las víctimas tienen menos edad de la contemplada en esa norma, se considera violación.
“De 15 años en adelante, lamentablemente, la legislación lo dejó abierto, no lo regula, no lo sanciona, siempre y cuando haya consentimiento, pues, si no, también sería una violación”, explicó el abogado.
Abusos. Según los datos estadísticos brindados por el Poder Judicial, los abusos sexuales contra menores también aumentaron durante la última década.
Ese delito se comete cuando se obliga a la persona a realizar actos sexuales, pero no hay violación.
El año pasado, se denunciaron 3.184 asuntos de ese tipo ante las distintas fiscalías, mientras que, en el 2010, esas oficinas tramitaron 2.739 causas.
Asimismo, el PANI atendió 1.060 denuncias de abusos durante el 2011. De ellas, 632 se originaron dentro del seno familiar.
Meneses señaló que los agresores se aprovechan de la confianza de los niños para manipularlos.
En el sitio web del Poder Judicial también se observan estadísticas de violaciones, pero no se encuentran segregadas según rangos de edad.