De aprobarse el proyecto de reforma constitucional elaborado por la Corte, quienes hayan tenido afiliación o militancia político partidista en los seis años previos a la elección, no podrían aspirar al cargo de fiscal general.
Así lo decidieron ayer los 17 magistrados que conformaron el cuórum en la Corte Plena.
Los jueces realizaron un pequeño ajuste al planteamiento inicial que hizo la comisión encargada del texto.
En un principio, la redacción establecía: “No pueden ser electos fiscal general ni fiscal general adjunto, quienes hubieran sido condenados por delito doloso mediante sentencia firme ni los que durante los seis años anteriores a la elección, hayan sido miembros de los Supremos Poderes; tampoco quienes durante el mismo periodo hubieran tenido pública y notoriamente militancia política”.
Ante esa idea, surgieron diversas reacciones.
“No tener militancia política es como no tener pensamiento. Se debe hacer una redacción más precisa”, consideró el magistrado Román Solís.
“Los seres humanos somos animales políticos; podría utilizarse otro término, como que no tenga afiliación político-partidista”, expresó el magistrado de la Sala IV Ernesto Jinesta.
En cambio, el juez de esa misma Sala, Fernando Castillo, opinó que no se debería hacer la exclusión a las personas con trayectoria política. “¿Por qué nos vamos a privar de nombrar a un ministro de Seguridad o de Justicia que haya demostrado una lucha contra el crimen?”, dijo.
Finalmente, se acordó utilizar el término “político-partidista” en el texto.
José Manuel Arroyo, magistrado de la Sala III y uno de los redactores del plan, especificó que este ajuste dejaba por fuera a cualquier que hubiese ocupado cargos en el Gobierno.