Los tribunales de justicia analizan cuáles juicios por delitos cuya posible pena por imponer supere los 25 años de prisión, deben suspenderse a raíz de la acción de inconstitucionalidad que acogió la Sala IV.
Mediante una resolución del 23 de junio, los magistrados frenaron la aplicación de dos artículos del Código Penal (51 y 76), que son la base para fijar penas de prisión de hasta 50 años.
Si bien esa orden rige a partir de la publicación en el Boletín Judicial , hasta ayer todavía se encontraba en trámite, pero los despachos judiciales ya se preparan para acomodar agendas.
La acción de inconstitucionalidad, interpuesta por un reo de La Reforma, cuestiona la modificación legal de mayo de 1994, que pasó de 25 a 50 años la sanción máxima, por vicios en el procedimiento legislativo.
Cambios. Para Hugo Porter, coordinador del Tribunal Penal de Goicoechea, una vez que se publique el edicto, habrá un impedimento de orden constitucional para dictar sentencias en los procesos en que se discuta la existencia de delincuencias que en abstracto tengan penas de más de 25 años de prisión.
Según su criterio, aquellos procesos que se encuentren dentro de ese rango y por los cuales todavía no haya comenzado el juicio oral y público, no deberán iniciarse. Por otro lado, explicó que si al día de hoy ya hay juicios en trámite, estos deben suspenderse hasta que se emita el fallo final de la Sala IV.
Si desde el momento en que se suspenda ese juicio transcurren más de 10 días, el debate tendrá que ser anulado para que se programe nuevamente.
Ese criterio es compartido por Rodrigo Vásquez, coordinador del Tribunal Penal de Desamparados, quien afirmó que ya estudian cuáles causas suspenderán; indicó que la acción debe resolverse a la mayor brevedad.
“La problemática podría presentarse tomando en consideración que, por lo general, en este tipo de casos, las personas se encuentran privadas de libertad y, al subsistir los peligros procesales, los jueces asignados deberán realizar las prórrogas de prisión. De ahí que se haga de suma urgencia que la Sala Constitucional resuelva en uno u otro sentido a la mayor brevedad”, dijo Vásquez.
La Procuraduría General de la República y el Ministerio de Justicia fueron notificados el 25 de junio, y un día antes la Corte Suprema de Justicia. Las entidades tienen 15 días para dar a conocer su posición y, a partir de la publicación del edicto, cualquiera puede presentar una coadyuvancia.