El Tribunal de Juicio de Heredia condenó a 17 años de cárcel a Jorge Andrés Alfaro Sandí y a su primo Steven Alfaro Sandí, tras descartar que el coreógrafo José Andrés Murillo Arroyo fuera asesinado por hostigar sexualmente del primero.
En el fallo, dado a conocer a las 9:00 a. m. de este miércoles, los jueces modificaron el delito de homicidio calificado –como lo acusó la Fiscalía– a homicidio simple.
El presidente del Tribunal, Antonio Ortega, dijo que aunque el asesinato fue “cruel y atroz” , no se demostraron los agravantes que pide el Código Penal, como lo son la alevosía y el ensañamiento.
Añadió que “con las pruebas aportadas, no se destaca el ánimo de los homicidas por querer hacer sufrir a la víctima, ni que fuera algo planificado”.
Ortega sí enfatizó que en el debate quedó plenamente demostrada la coautoría en el crimen. Asimismo, destacó que una llamada hecha por un vigilante privado al Sistema de Emergencias 9-1-1, fue la prueba fundamental para implicar a los primos en el homicidio.
“Da datos objetivos en una forma imparcial y espontánea; datos específicos del vehículo, del número de placa y del color. Y menos de 10 minutos después, esos datos son constatados con la presencia de los dos imputados impregnados de sangre y un fallecido”, manifestó.
Hecho. El homicidio del coreógrafo José Andrés Murillo se produjo el 12 de febrero del 2013. El cuerpo estaba en un vehículo de su propiedad, estacionado en Barreal de Heredia. En el carro estaban los primos Alfaro Sandí.
Durante el transcurso del debate, que comenzó el 19 de mayo pasado, la fiscala Rosalyn Elizondo pidió se condenara a los implicados a 35 años por homicidio calificado. Arguyó que el crimen fue planeado con anticipación y que hubo ensañamiento contra la víctima.
Por su parte, los defensores Hugo Murillo y Roberto Carmona admitieron que la golpiza la había propinado Jorge Andrés Alfaro en defensa propia pues, presuntamente, José Andrés Murillo lo estaba acosando sexualmente.
Alegaron que Steven Ricardo Alfaro fue llamado por su primo solamente para que le ayudara a pasar el cuerpo del asiento del conductor al del acompañante.
Razonamiento. Para el Tribunal, integrado por Antonio Ortega, Óscar Mario Vargas y Adrián Molina, en el juicio se descartó el hostigamiento, pues aunque entre el 5 y el 12 de febrero, hubo 43 llamadas de José Andrés al celular de Jorge Andrés, se desconoce el contenido de esas conversaciones.
“Lo único demostrado con base en testimonios es que José Andrés tenía una ilusión: pretendía una relación con Jorge Andrés (...) Si efectivamente había hostigamiento sexual, ¿cómo es posible que el día de los hechos, Jorge hubiera concertado una cita con José Andrés para salir a las 9 p. m?, Si alguien está siendo amenazado o acosado, lo último que querrá es encarar o encontrarse con esa persona, y menos montarse en un carro con esa persona”, razonó Antonio Ortega.
Andrés Murillo, hermano del fallecido, dijo que estaban satisfechos porque se pudo demostrar que no hubo hostigamiento, “cosa de la cual se habló mucho”, y que además quedó confirmada la coautoría, “lo cual nos tenía bastante preocupados”. “Pero todavía queda cierta espina con la sentencia de 17 años. A mi parecer, no es suficiente”, agregó.
El defensor Hugo Murillo dijo que siguen afirmando que Jorge Alfaro actuó en legítima defensa y que Steven Alfaro no tuvo nada que ver en el crimen.