El expresidente Miguel Ángel Rodríguez insistió ante los magistrados de la Sala Tercera que la prueba obtenida en Panamá para el juicio ICE-Alcatel es ilegal.
Por ayer, ayer les pidió que declaren su nulidad y confirmen la absolutoria a su favor.
Así lo hicieron ver el exmandatario (1998-2002) y sus abogados Eduardo Araya y Cristian Arguedas, durante una audiencia realizada ayer en la Corte Suprema de Justicia, la cual estuvo dirigida por cinco magistrados suplentes.
Se trata de la llamada “prueba 588”, que hace referencia a todas las cuentas bancarias en Panamá de la sociedad Marchwood Holding.
Esta prueba se incorporó al proceso sin orden de un juez costarricense para darle validez, según dictaminó un tribunal de apelación.
Esas cuentas bancarias eran fundamentales para que la Fiscalía acreditase que dinero proveniente de Alcatel había ingresado en cuentas panameñas relacionadas con exdirectivos del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y con la esposa del exmandatario, Lorena Clare, a través de la cuenta de Servicios Notariales Q. C.
“Les hago entrega del recurso de apelación, que ya consta en el expediente, para que revisen cuáles son los motivos por los cuales apelamos la sentencia del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial y para que consten los agravios, las violaciones al debido proceso y a mis derechos humanos, que he sufrido durante 10 años en esta injustificada persecución”, dijo Rodríguez en su exposición de ayer.
Él fue condenado, en abril del 2011, a cinco años de prisión como instigador para que se exigieran dádivas a Alcatel a cambio de un contrato por $150 millones con Alcaltel para 400.000 líneas tipo GSM.
Sin embargo, en diciembre del 2012, en una apelación se absolvió al expresidente y a seis imputados más argumentando la prescripción de la acción penal y la ilegalidad de la prueba panameña.
Ese último fallo benefició a Guido Sibaja Fonseca, Édgar Valverde Acosta, Luis Adrián Quirós (con penas de 15 años), Joaquín Fernández Alfaro, Eliseo Vargas García y Eduardo Fonseca García (dos años cada uno).
Prescripción. El abogado Eduardo Araya explicó que la indagatoria a Miguel Ángel Rodríguez, en la que fue informado de que se le investigaba por enriquecimiento ilícito y cohecho impropio, se realizó el 15 de octubre del 2004.
A partir de esa fecha, la Fiscalía tenía un plazo para acusar y que se convocara a audiencia preliminar, pero los defensores sostuvieron que esa convocatoria se realizó cuando ya estaba prescrito.
La Fiscalía alegó que un juez había declarado el trámite complejo, lo que duplicaba los plazos.