Un oficial del OIJ, a quien el Tribunal de la Inspección Judicial halló responsable de tener un amorío con una imputada mientras la investigaba, se acogió a su jubilación sin ser castigado por esa falta.
El policía, de apellidos Badilla Obando y de 49 años de edad, laboraba en la delegación del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de Ciudad Neily de Corredores, en la zona sur del país.
El 18 de julio pasado, el Consejo Superior del Poder Judicial respaldó un fallo del 28 de agosto del 2012 de la Inspección, el cual le impuso la sanción de revocatoria del nombramiento por falta “gravísima”.
No obstante, cuando el Consejo Superior conoció el caso, el agente ya tenía 14 días de pensionado, según destacó el mismo ente en el acta en la que se tomó el acuerdo del despido.
Ante esa situación, el Consejo indicó: “La sanción a imponer queda constando en su expediente personal, así como sus fundamentos, de manera que se cuente con elementos objetivos que ayuden a valorar la idoneidad de las personas, en este caso exservidores (as) judiciales, que soliciten su reingreso al Poder Judicial”.
Investigador. Los hechos que se le atribuyeron a Badilla ocurrieron a partir del 17 de marzo del 2010, cuando se le asignó una investigación por trata de personas contra una mujer de apellido Jiménez, quien residía en San Vito de Coto Brus, Puntarenas.
En ese momento, según el informe de la Inspección Judicial, el policía vivía en Golfito.
De acuerdo con la resolución de ese Tribunal, dos meses después de tener a su cargo la causa, Badilla inició una relación amorosa con la sospechosa.
La Inspección Judicial determinó que el oficial visitaba a la imputada y que, al menos una vez, durmió en la casa de ella.
Además, se determinó que, “de manera injustificada”, Badilla retrasó la presentación del informe policial de la investigación.
“(El informe) lo entregó el 11 de julio de 2011, pese a que la última diligencia fue de fecha 20 de julio de 2010; es decir, lo atrasó prácticamente un año”, indicó el Tribunal.
La resolución de la Inspección Judicial fue apelada por la defensora pública de Badilla; sin embargo, el Consejo Superior determinó que el agente incumplió sus deberes profesionales y mantuvo el castigo, pero cuando él ya no laboraba.
Respuesta. Ante la consulta de por qué el Poder Judicial permite la jubilación de funcionarios señalados por faltas sin sancionarlos, la oficina de prensa de la entidad respondió que se debe a una resolución de la Sala Constitucional.
La institución puntualizó que, al resolver un caso, la Sala IV determinó que no se puede negar el derecho de jubilación a una persona cuando tiene una sanción administrativa que no está en firme, lo cual ocurrió en este caso.
“La Sala IV consideró que prima el principio de inocencia y ese es el criterio que utiliza el Consejo Superior”, respondió el Poder Judicial.
La jubilación de Badilla fue aprobada en la sesión del Consejo Superior el 25 de junio. Las apelaciones del caso fueron resueltas casi un mes después.