El médico José Alonso Saavedra Zamora, condenado a 35 años de prisión por asesinar a una mujer embarazada en su consultorio, apeló esa sentencia ante la Sala Tercera al alegar indefensión durante el juicio.
Saavedra, de 36 años, casado y con un hijo, fue sentenciado en marzo pasado luego de que el Tribunal Penal de Heredia lo halló culpable de darle una “brutal paliza” a la víctima, con quien supuestamente mantenía una relación y estaba embarazada de él.
Debido a esa situación, el doctor habría ideado un plan para encubrir el asesinato, según indicó el fallo de los jueces.
Por esos hechos, ocurridos el 21 de agosto del 2012 en el barrio Los Ángeles de Heredia, Saavedra recibió la pena máxima por el delito de homicidio calificado. La víctima fue María Lourdes Dávila Moreno, de 26 años, quien tenía un hijo, hoy de 10 años.
Antes de presentar el recurso de casación, la defensa elevó el caso ante el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal. Sin embargo, el 9 de setiembre anterior, lo declararon sin lugar.
Otro intento. Por ello, Saavedra acudió a la Sala Tercera, para apelar en segunda instancia el fallo emitido. En ese documento, presentado semanas atrás, se señala que hay una “errónea aplicación” del principio de correlación entre la acusación, la querella y la sentencia dictada.
La defensa insistió en que hay “variaciones sustanciales” entre lo acusado y lo sentenciado, por lo que dejaron en un “estado de indefensión” a Saavedra.
Según el artículo 365 del Código Procesal Penal, la sentencia “no podrá tener por acreditados otros hechos que los descritos en la acusación y la querella y, en su caso, en la ampliación de la acusación, salvo cuando favorezcan al imputado”.
En entrevista con La Nación en la cárcel de San Sebastián, Saavedra insistió en su inocencia. “Yo siento que a mí la Fiscalía me acusó sin tener pruebas, sin tener nada y eso se comprueba al observar que los jueces me sentenciaron por situaciones que no se hablaron en el juicio”.
Punto por punto. Bajo esa misma línea, la apelación detalla, punto por punto, cuáles serían esas diferencias. Por ejemplo, la defensa del médico indicó que lo primero que varió fue la versión sobre el momento en que, supuestamente, él ideó y ejecutó una coartada.
El recurso indica que, en la acusación, se señala que el doctor arrastró a Dávila, quien aún estaba con vida, desde la parte interna de su consultorio hasta el área de entrada al inmueble “a efecto de crear una coartada”.
No obstante, la defensa reprocha que en la sentencia se juzga “otra dinámica”, al indicar que fue en “la parte interna de su consultorio donde no solo se ideó, sino que se ejecutaron las conductas de dicha coartada”.
Asimismo, en el recurso de casación se resalta que, durante el juicio, se habló de que Saavedra había lastimado a Dávila con un bisturí; no obstante, en la sentencia, se habla de dos.
“¿Por qué surgen dos bisturís en hechos acreditados cuando en acusaciones se hace referencia a solamente un bisturí? En ninguna acusación policial, entrevista de testigo, ni en prueba documental ofrecida se hace referencia a ello”, cuestionó el documento.
La defensa insistió en que su estrategia se centró en la dinámica hipotética originaria.
“En efecto, el interrogatorio se focalizó en lo acusado y no en lo ahora tenido por acreditado (...). Se imputa una dinámica y se tiene por acreditada otra, ahí está el vicio, violación al debido proceso, la indefensión”, reza el recurso.
Por ello, se insistió en que se debe analizar si estas supuestas variaciones entre acusación y sentencia pudieron ser objeto de discusión en el debate.